ORDEN FORAL 101/2003, de 27 de febrero, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se prorroga el módulo económico de subvención para el año 2003, a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Unidades de Currículo Adaptado externas, y se autoriza el segundo abono de los mismos, correspondientes al curso 2002/2003.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril, se dieron instrucciones y orientaciones para establecer respuestas educativas específicas para el alumnado de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que precise medidas de promoción y compensación educativas.

La Ley Foral 19/2000, de 29 de diciembre, de Presupuestos de Navarra para el ejercicio de 2001, prorrogado para el 2002, y este a su vez para el 2003, incluye una partida presupuestaria denominada "Subvención a centros de atención a niños desescolarizados: Granja Ilundáin, Taller Echavacoiz y otros", y la Ley Foral 26/2002, de 2 de julio, de medidas para la mejora de las enseñanzas no universitarias, ha concedido un suplemento de crédito en esta partida presupuestaria.

Mediante la Orden Foral 689/2002, de 16 de diciembre, se fijó el módulo económico de subvención para el año 2002 a los centros que atienden a menores en la modalidad de escolarización compartida en Unidades de Currículo Adaptado externas y se realizó el abono del 40% del módulo económico, correspondiente al primer abono del curso 2002/2003.

El Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento, presenta un informe proponiendo la prórroga de los módulos económicos de subvención correspondiente a cada centro que está prestando un servicio de atención a los alumnos que por su edad deben estar escolarizados en un centro de secundaria, y sin embargo, son atendidos fuera del mismo según sus características particulares, en el curso 2002/2003, en la modalidad de escolarización compartida en el marco de una Unidad de Currículo Adaptado (U.C.A.) externa, según lo establecido en el apartado undécimo de la Orden Foral 90/1998, de 2 de abril, y proponiendo el abono del 45% del módulo económico.

Hasta este momento a propuesta del Servicio de Renovación Pedagógica se ha autorizado la puesta en funcionamiento de tres Unidades de Currículo Adaptado externas en la Granja Escuela "Haritz Berri" de Ilundáin, dos unidades en el Taller-Escuela "Etxabakoitz", de Pamplona y en el Centro "Puente", de Puente la Reina; y una unidad en Taller-Escuela "Lantxotegi", de Berriozar, Centro "La Ribera", de Cascante, en el centro "Luis Amigó", de Mutilva Baja y Taller-Escuela "El Castillo", de Tudela.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la prórroga del...

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