ORDEN FORAL 87/1997, de 17 de junio, del Consejero de Salud, por la que se delega el ejercicio de atribuciones de gestión de la partida denominada 'Gastos de farmacovigilancia' en el Director del Hospital de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 87/1997, de 17 de junio, del Consejero de Salud, por la que se delega el ejercicio de atribuciones de gestión de la partida denominada "Gastos de farmacovigilancia" en el Director del Hospital de Navarra.Boletín Oficial de Navarra Número 82 - Fecha 09/07/1997

La Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, establece en su artículo 9.º las facultades que, en materia objeto de dicha Ley Foral y en los términos previstos en la misma, corresponden a los Consejeros del Gobierno de Navarra. En la actualidad, por Orden Foral 227/1996, de 26 de septiembre, del Consejero de Salud, las competencias a que se refieren los apartados b), c) y d) del mencionado artículo se hallan delegadas en el Director General de Salud.

Dentro del programa presupuestario 10 (Asistencia Sanitaria) correspondiente al Departamento de Salud se encuentra la partida presupuestaria denominada "Gastos de farmacovigilancia".

Por el Servicio de Asistencia Sanitaria se propone la delegación del ejercicio de las atribuciones de gestión de la partida presupuestaria denominada "Gastos de farmacovigilancia en el Director del Hospital de Navarra, a fin de gestionar más eficazmente la misma, sin perjuicio del seguimiento que de ella se realice por el Departamento de Salud.

En...

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