ORDEN FORAL 48/2010 de 18 de febrero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por el que se aumenta el crédito y autoriza un nuevo gasto en la convocatoria de subvenciones aprobada por Orden Foral 350/2009 de 2 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se modifica la base 8.ª y se corrigen errores materiales advertidos en la misma.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 350/2009, de 2 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2010, a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar actuaciones destinadas a la promoción de minorías étnicas posibilitando el acceso en condiciones de igualdad a todas las entidades interesadas, garantizando, a su vez, que la concesión responda a criterios objetivos, priorizados de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política social, se establecen por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en la Ley Foral 15/2006, de 14 diciembre, de Servicios Sociales.

El artículos 30.1 de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre de Subvenciones, señala que las convocatorias de subvenciones llevarán aparejada la autorización del gasto.

El aumento de crédito ordenado hace necesario la autorización de un nuevo gasto ya que conforme al artículo 31.1 de la citada Ley Foral no podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria.

Por su parte el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, señala que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público del aumento de crédito así como la necesidad de corregir los errores materiales detectados en la redacción de las Bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por lo que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aumentar el crédito de la convocatoria de subvenciones regulada por la Orden foral 350/2009, de 2 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2010, a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar actuaciones destinadas a la promoción de minorías étnicas

  2. Autorizar un nuevo gasto de 100.000,00 euros que se imputarán con cargo a la partida...

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