ORDEN FORAL 137/2010, de 17 de mayo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por el que se aumenta el crédito y autoriza un nuevo gasto en la convocatoria de subvenciones, aprobada por Orden Foral 373/2009, de 30 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a entidades locales y entidades de iniciativa social, destinada a ayudas para el empleo social protegido para el año 2010, y se concede un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 373/2009, de 30 de diciembre, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades locales y entidades de iniciativa social para el año 2010, destinada a ayudas para el empleo social protegido posibilitando el acceso en condiciones de igualdad a todas las entidades interesadas, garantizando, a su vez, que la concesión responda a criterios objetivos, priorizados de acuerdo con las directrices que, en el marco general de la política social, se establecen por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en la Ley Foral 15/2006, de 14 diciembre, de Servicios Sociales.

A la citada convocatoria han concurrido cuarenta y una Entidades Locales proponiendo la contratación de personas desempleadas y perceptoras de Renta Básica para la ejecución de proyectos, cuyo importe subvencionable ascendería a 7.130.000 euros. Dado que la dotación económica prevista para el programa es de 5.300.000, quedarían sin poder atender contrataciones previstas por las Entidades Locales por importe de 1.831.000 euros.

El Gobierno de Navarra, preocupado por los efectos de pérdida de trabajo que la actual crisis económica está causando en las personas más desfavorecidas, ha pactado con los Partidos Políticos una serie de medidas anticrisis destinadas a facilitar la creación de empleo. Una de estas medidas, cuya activación ha sido asignada al Departamento de Asuntos Sociales, Familia Juventud y Deporte, se enuncia como "Nuevos yacimientos de empleo: Contratación perceptores renta básica en actuaciones de interés público, vía Administraciones Públicas y Entidades Colaboradoras". Y, en este contexto, se considera adecuado destinar parte de la dotación económica consignada, a suplementar en 1.831.000 euros la cuantía presupuestada para Empleo Social Protegido a efectos de atender en su totalidad las contrataciones propuestas por las Entidades Locales. Con este fin es preceptivo ordenar un aumento de crédito y autorizar el nuevo gasto.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre de Subvenciones, señala que las convocatorias de subvenciones llevarán aparejada la autorización del gasto.

El aumento de crédito ordenado hace necesario la autorización de un nuevo gasto ya que conforme al artículo 31.1 de la citada Ley Foral no podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el...

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