ORDEN FORAL 64/2007, de 28 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se convoca una beca de formación para Licenciado en Comunicación con destino en la Dirección General de Bienestar Social.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 64/2007, de 28 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se convoca una beca de formación para Licenciado en Comunicación con destino en la Dirección General de Bienestar Social.

La Dirección General de Bienestar Social propone la creación y posterior convocatoria de una beca de formación para Licenciado en Comunicación en el Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, y de esta forma contribuir eficazmente a la formación de jóvenes titulados:

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente.

En consecuencia, en virtud de las competencias que me han sido atribuidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y por el Decreto Foral 46/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

ORDENO:

  1. Revocar la Orden Foral 2/2007, de 9 de enero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se convoca una beca de formación para Licenciado en Comunicación con destino en la Dirección General de Bienestar Social.

  2. Aprobar las bases de una nueva convocatoria de una beca de formación con destino en la Dirección General de Bienestar Social.

  3. Autorizar un gasto de nueve mil setecientos ochenta (9.780) euros para hacer frente a la resolución de la convocatoria, que se imputará de la siguiente manera:

    _Seis mil quinientos veinte (6.520) euros con cargo a la partida 91100-900001-4809-231000 denominada "Transferencias para becas proyectos de investigación y publicaciones", del presupuesto de gastos para el año 2007.

    _Tres mil doscientos sesenta (3.260) euros con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos para el año 2008.

  4. Publicar esta Orden Foral y sus bases en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Notificar esta Orden Foral al Servicio de Planificación, Evaluación de la Calidad e Inspección y a la Sección de Asuntos Económicos e Inversiones, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 28 de febrero de 2007._La Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, María Isabel García Malo.

    ANEXO

    Bases para la Convocatoria de una beca de formación para licenciados en Comunicación

    Base 1._Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca de formación para licenciados en Comunicación con destino en la Dirección General de Bienestar Social.

    La finalidad de la convocatoria es promover la formación de titulados universitarios, de modo que adquieran un conocimiento más directo de las políticas sociales que se llevan a cabo desde el Departamento.

    Base 2._Disponibilidad presupuestaria.

    El importe destinado a la presente convocatoria es de 9.780 euros, que se imputarán de la siguiente manera: 6.520 euros con cargo a la partida 91100 900001 4809 231000, denominada "Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicaciones" del presupuesto de gastos para 2007, y 3.260 euros con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos para el año 2008.

    Base 3._Duración.

    Las becas tendrán una duración de un año que podrán prorrogarse por doce meses más. La prórroga sólo podrá concederse previa petición del tutor de la beca.

    Base 4._Cuantía y abono de la beca.

    La beca estará dotada con 9.780 euros, que se abonarán en plazos mensuales de 815 euros o en su parte proporcional, si fuera el caso.

    Base 5._Incompatibilidades.

    La beca de formación será incompatible con otras becas de la propia Administración y de otras Administraciones Públicas.

    Base 6._Requisitos de los solicitantes.

    Unicamente podrán ser beneficiarias las personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

    1. Ser mayor de edad.

    2. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de...

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