ORDEN FORAL 38/2007, de 14 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la concesión de una beca de licenciado en Sociología con destino en la Dirección General de Familia.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 38/2007, de 14 de febrero, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la concesión de una beca de licenciado en Sociología con destino en la Dirección General de Familia.

Teniendo en cuenta que la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, constituye el marco regulador común para todo tipo de ayudas públicas, y en ella se establecen los principios generales, conceptos, criterios, competencias, obligaciones y responsabilidades, así como el procedimiento de concesión, gestión y control.

Visto el Decreto Foral 172/2004, de 19 de abril, por el que se establece el régimen general para la concesión de becas de formación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés social de la concesión de la beca de formación, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 46/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria para la concesión de una beca de licenciado en Sociología con destino en la Dirección General de Familia.

  2. Autorizar un gasto de 10.354,92 euros, con cargo a la partida 950001 92100 4809 231500 del Presupuesto de gastos de 2007.

  3. Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarla al Servicio de Planificación Seguimiento y Evaluación de las Políticas de Familia y Menor, a la Sección de Estudios y Planificación y al Centro Contable de la Dirección General de Bienestar Social, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de febrero de 2007._La Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, María Isabel García Malo.

ANEXO 1º

Bases de la Convocatoria para la concesión de una beca de formación para el año 2007, con destino en la Dirección General de Familia

  1. _Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca para personas licenciadas en Sociología con destino en la Dirección General de Familia y cuyo proyecto de formación consistirá en conocer y analizar las políticas que están en marcha en los ámbitos de familia y protección del menor.

    Los trabajos se centrarán en ordenar y sistematizar los datos de que se dispone sobre las características de las familias en nuestra Comunidad, como recomienda el Plan de Apoyo a la Familia, determinar nuevas fuentes de información y hacer un seguimiento de las políticas desarrolladas, en materia de familia y protección del menor y de cuantos aspectos se consideren de interés para la Dirección General de Familia.

  2. _Tutoría.

    El estudio será dirigido y supervisado por un tutor a designar por la unidad administrativa correspondiente. El tutor encomendará las tareas concretas, fijará los horarios y vigilará el cumplimiento de las obligaciones de la persona beneficiaria de la beca.

  3. _Duración.

    La duración máxima de esta beca será desde la fecha de la resolución de concesión, hasta el 31 de diciembre de 2007.

    La beca podrá ser prorrogada, hasta un máximo de tres años entre el periodo inicial y las prórrogas.

    La prórroga sólo podrá concederse previa petición del tutor del proyecto.

  4. _Dotación económica.

    La dotación de esta beca alcanza hasta un máximo de 10.354,92 euros. El abono de la misma será fraccionado en mensualidades por cuantía de 862,91 euros.

  5. _Incompatibilidades.

    La beca de formación será incompatible con otras becas de la propia Administración o de otras Administraciones Públicas.

  6. _Requisitos de los aspirantes.

    Unicamente podrán ser beneficiarias las personas físicas que, además de los requisitos previstos en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, reúnan todos y...

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