ORDEN FORAL 146/2008, de 18 de abril, de la Consejera de Asuntos Sociales, Juventud y Deporte, por la que se convoca una beca de formación para titulados universitarios en comunicación con destino en el Instituto Navarro de la Juventud.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La rápida evolución de la sociedad lleva consigo cambios que generan nuevas necesidades, expectativas y demandas entre la ciudadanía en general. La educación, el empleo, la vivienda, la emancipación son algunas de las cuestiones que afectan de manera más directa a la población juvenil. Por ello las administraciones públicas deben orientar las políticas juveniles a las necesidades reales y favorecer la autonomía personal de los y las jóvenes. Es necesario dar un nuevo impulso que garantice la plena integración y la participación social, política, económica y cultural de la población joven en esta sociedad cambiante.

Por todo ello, se consideró conveniente la creación del Instituto Navarro de la Juventud mediante D. F. 217/2007 de 24 de septiembre y se aprueban sus Estatutos para abordar de manera específica el ámbito de juventud. Son sus fines generales amparar los derechos de los jóvenes a través de una participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural, actuando de manera transversal en los distintos órganos de la Administración de la C. F. de Navarra.

Dentro de sus Estatutos contempla como función, entre otras, la gestión de los programas de ayudas y subvenciones, así como el asesoramiento e información, de acuerdo con lo establecido en los estatutos, en las materias que sean competencia del Instituto Navarro de la Juventud.

El Instituto Navarro de la Juventud, con el fin de un mejor cumplimento con sus objetivos y de mejorar la información a los jóvenes, propone la creación y posterior convocatoria de una beca de formación para licenciados en comunicación en dicho Instituto y de esta forma contribuir eficazmente a la formación de jóvenes titulados.

En consecuencia, en virtud de las competencias que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

ORDENO:

Primero.-Aprobar las bases de la convocatoria de una beca de formación para licenciados en comunicación con destino en el Instituto Navarro de la Juventud que figuran como Anexo a esta Orden Foral.

Segundo.-Autorizar un gasto de 12.600 euros, para hacer frente a la resolución de la convocatoria, distribuidos de la siguiente manera: 8.400 euros, con cargo a la partida 960002-96100-4809- 232100, denominada "Becas de Formación," del presupuesto de gastos para el año 2008 y 4.200 euros, con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos para el año 2009.

Tercero.-Notificar la presente Orden Foral a la Sección de Secretaría General del Instituto Navarro de la Juventud.

Cuarta.-Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 18 de abril de 2008.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO 1

Bases para la Convocatoria de una beca de formación para el Instituto Navarro de Juventud

  1. -Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca de formación para titulados universitarios con destino en el Instituto Navarro de la Juventud.

    Una beca para Licenciados en Comunicación

    La finalidad de la convocatoria es promover la formación de titulados universitarios, de modo que adquieran un conocimiento más directo de la actuaciones en materia de juventud que se llevan a cabo desde el Instituto.

  2. -Disponibilidad Presupuestaria

    El importe destinado a la presente convocatoria es de 12.600 euros, de los cuales 8.400 euros se imputarán con cargo a la partida 960002-96100-4809-232100, denominada "Becas de Formación," del presupuesto de gastos para el año 2008, y los 4.200 euros restantes con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de gastos para 2009.

  3. -Duración

    La beca tendrá una duración de un año que podrá prorrogarse por periodos iguales hasta un máximo total de tres años entre el período inicial y las prórrogas. La prórroga sólo podrá concederse previa petición del tutor de la beca.

  4. -Cuantía y abono de la beca.

    La beca para el licenciado/a, estará dotada con 12.600. Se abonarán en plazos mensuales de 1.050 euros o en su parte proporcional, si fuera el caso.

  5. -Incompatibilidades

    La beca de formación será incompatible con otras becas de la propia Administración y de otras Administraciones Públicas.

  6. -Requisitos de los solicitantes.

    Unicamente podrán ser beneficiarias las personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

    1. Ser mayor de edad.

    2. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la Ley de Circulación de Trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la...

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