ORDEN FORAL 60/2004, de 17 de mayo, del Consejero de BienestarSocial, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de laconvocatoria de ayudas para la realización y participación enactividades deportivas, no reguladas por otras convocatorias másespecíficas.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 60/2004, de 17 de mayo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de ayudas para la realización y participación en actividades deportivas, no reguladas por otras convocatorias más específicas.

La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, señala como objeto de aplicación la regulación, ordenación, promoción y coordinación del deporte en el ámbito de las competencias que, en el marco de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, corresponden a la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos. La misma constituye el marco regulador común para todo tipo de ayudas públicas y en ellas se establecen los principios generales, conceptos, criterios, competencias, obligaciones y responsabilidades, así como el procedimiento de concesión, gestión y control.

Con el fin de facilitar y fomentar la actuación dentro del ámbito deportivo de Entidades Deportivas, Entes Locales, Federaciones Deportivas y Deportistas se ha procedido a regular las diferentes convocatorias específicas de ayudas, de acuerdo con los objetivos que en materia deportiva tiene establecido el Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

La publicación de la Orden Foral 49/2003, de 28 de mayo, del Consejero de BienestarSocial, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas y subvenciones a clubes deportivos para la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional, no profesional derogó la base 2.2 Participación en Campeonatos internacionales de carácter oficial, de las bases de la Orden Foral 28/1997, de 13 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, que aprueba la convocatoria de ayudas para la realización y participación en actividades deportivas no reguladas por otras convocatorias más específicas, lo que hace necesario publicar una nueva Orden Foral que aglutine estas ayudas.

La presente Orden Foral tiene como fin regular un sistema de ayudas para determinadas actividades deportivas que estaban reguladas hasta la fecha por Orden Foral 28/1997, de 13 de marzo, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, así como otras no contempladas en la misma después de su modificación.

En consecuencia, conforme al artículo 5.º de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para la realización y participación en actividades deportivas relacionadas con las funciones encomendadas al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, que por su singularidad o carácter extraordinario no están reguladas por otras convocatorias más específicas conforme a las bases que se incluyen como anexo a la presente Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de hasta 49.000 euros (cuarenta y nueve mil) para hacer frente a la presente convocatoria que se abonará con cargo a la Partida Económica 940002-95110-4810-457102 denominada Ayudas a entidades deportivas la cantidad de 25.000 euros (veinticinco mil) y a la Partida Económica 940002-95100-4809-457100 denominada Ayudas a la actividad y al fomento del deporte la cantidad de 24.000 euros (veinticuatro mil) para deportistas, de los Presupuestos Generales de Navarra de 2004.

    En ejercicios posteriores se autorizará el correspondiente gasto por Orden Foral, con cargo a la Partida Económica que en su caso se habilite para tal fin en los Presupuestos Generales de Navarra, estando en todo caso condicionada la concesión de subvención a la existencia de crédito en el ejercicio correspondiente.

  3. Por Orden Foral se establecerá anualmente un baremo para valorar las solicitudes presentadas.

  4. Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Notificar la presente Orden Foral a la Intervención delegada del Departamento de Economía y Hacienda, al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a su Servicio de Secretaria General e Infraestructuras, a la Subdirección de Deporte y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

    Pamplona, 17 de mayo de 2004._El Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, José Ignacio Palacios Zuasti.

    A N E X O

    BASES

    1. Objeto.

      La presente...

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