ORDEN FORAL 15/2000, de 3 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se regula la concesión de ayudas a Casas Regionales de otras comunidades y países con sede en Navarra correspondientes al año 2000.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 15/2000, de 3 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se regula la concesión de ayudas a Casas Regionales de otras comunidades y países con sede en Navarra correspondientes al año 2000.

En la Comunidad Foral de Navarra existen varias asociaciones de carácter cultural y recreativo que sirven de punto de encuentro y de amistad entre ciudadanos naturales o procedentes de otras regiones o países que por motivos laborales, familiares u otros, residen en Navarra y mantienen los rasgos de identidad de su tierra de origen mediante las actividades de estas asociaciones.

El Gobierno de Navarra viene concediendo diversas ayudas a estas entidades para financiar sus actividades culturales y su funcionamiento y en los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2000 existe una partida presupuestaria específica para este fin.

Estimando de interés social el mantenimiento y potenciación de las actividades que los centros de otras regiones y países realizan en Navarra, procede aprobar una nueva convocatoria para la concesión de ayudas económicas a estos centros para financiar actividades culturales y sociales, inversiones, gastos de funcionamiento y otros.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere la Ley Foral del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de conformidad con la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos

ORDENO:

  1. Se establecen ayudas a las Casas Regionales de otras comunidades y países con sede en Navarra y federaciones de las mismas, para el fomento de sus actividades que se regirá con arreglo a la normativa vigente en materia de subvenciones y con arreglo a las normas contenidas en la presente Orden Foral.

  2. Las ayudas se destinarán a las siguientes finalidades:

    1. Actividades culturales organizadas con motivo de las fiestas propias y otras actividades culturales ordinarias a celebrar en el año 2000, o celebradas en el ejercicio anterior.

    2. Gastos de funcionamiento, inversiones, reposición de mobiliario de la sede social y financieros.

  3. Se establecen las siguientes ayudas:

    1. Hasta 500.000 pesetas por entidad para financiar la organización de actos culturales. A estos efectos se computarán los gastos derivados de las actuaciones de grupos artísticos de la región de origen (pago de...

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