ORDEN FORAL 668/2008, de 16 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se cierra provisionalmente el plazo de admisión de solicitudes para ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
Navarra ostenta, en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, según se establece en el artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA).
Corresponde a la Comunidad Foral de Navarra en virtud de lo establecido en el artículo 56.1.a) de la LORAFNA y, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general, la competencia exclusiva, en la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico dentro de Navarra.
El Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece una medida destinada a la a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores.
El Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013 incluye esta medida, estableciendo un conjunto de requisitos y requerimientos de gestión, junto con una previsión en dotación presupuestaria.
Mediante la Orden Foral 83/2007, de 27 de marzo, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación se han establecido las normas reguladoras de las ayudas a la a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.
Tras el desarrollo de la medida en los ejercicios 2007 y 2008 el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente considera imprescindible introducir, a partir del ejercicio 2009, cambios sustanciales en dicha medida introduciendo modificaciones en los tipos de inversión subvencionables, en determinados aspectos de los procedimientos de gestión, y en los módulos de ayuda, así como precisiones en los requisitos de los beneficiarios y en los plazos de presentación de documentación.
Todo ello ha generado la necesidad de elaborar un nuevo texto que sustituya a la referida Orden Foral 83/2007, así como una readaptación en profundidad de las herramientas informáticas de gestión.
Tanto la elaboración del borrador como el proceso de consultas al sector, va a provocar que la publicación de la nueva norma se produzca después de la apertura del plazo de presentación de solicitudes...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba