DECRETO FORAL 581/1995, de 4 de diciembre, por el que se dispone la aplicación, a las ayudas de la Comunidad Foral de Navarra a las inversiones destinadas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, de los criterios de selección contenidos en el Anexo de la Decisión de la Comisión de 22 de...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 581/1995, de 4 de diciembre, por el que se dispone la aplicación, a las ayudas de la Comunidad Foral de Navarra a las inversiones destinadas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, de los criterios de selección contenidos en el Anexo de la Decisión de la Comisión de 22 de marzo de 1994 (94/173/CE).Boletín Oficial de Navarra Número 81 - Fecha 05/07/1996

La Comisión Europea ha adoptado, en 20 de octubre de 1995, en virtud del apartado 1 del artículo 93 del Tratado CE, nuevas directrices y medidas relativas a las ayudas de Estado a la inversión en el sector de la transformación y comercialización de productos agrarios, que obligan a aplicar a las ayudas de Estado, a partir del 1 de enero de 1996, los criterios de selección contenidos en el Anexo de la Decisión de la Comisión de 22 de marzo de 1994 (94/173/CE).

Se hace preciso, en consecuencia, disponer que serán de aplicación dichos criterios a las ayudas que a tales fines se conceden con fondos de los presupuestos generales de Navarra.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cuatro de diciembre de mil novecientos noventa y cinco,

DECRETO:

Artículo 1

º A partir del 1 de enero de 1996 serán de aplicación a las ayudas a la inversión en el sector de la transformación y comercialización de productos agrarios que se concedan con cargo a los presupuestos generales de Navarra, los criterios de selección contenidos en el Anexo de la Decisión de la Comisión, de 22 de marzo de 1994 (94/173/CE), que, para conocimiento general, en la parte que afecta a Navarra, se adjunta como Anexo a este Decreto Foral.

Artículo 2 º 1

Las ayudas afectadas son las contenidas en la siguiente normativa:

-Decreto Foral 79/1995, de 27 de marzo, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios de Navarra.

-Capítulo IV del Reglamento de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias, aprobado por Decreto Foral 297/1992, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas para la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias de Navarra.

-Decreto Foral 103/1994, de 23 de mayo, por el que se regula en Navarra la artesanía agroalimentaria.

  1. Asimismo, en lo que se refiere a las industrias agrarias y alimentarias, están afectadas las ayudas contenidas en las siguientes normas:

-Decreto Foral 27/1986, de 24 de enero, por el que se regula la concesión de ayudas en forma de subvención de intereses de préstamos para la financiación de inversiones en determinadas actividades económicas que realizan las pequeñas y medianas empresas.

-Decreto Foral 35/1986, de 31 de enero, por el que se regula la concesión de subvenciones de intereses a las operaciones de "leasing" que realicen las pequeñas y medianas empresas.

Artículo 3

º Si la Decisión de la Comisión, de 22 de marzo de 1994 (94/173/CE) fuere modificada o sustituida posteriormente, de forma que se viere afectado el actual ámbito de aplicación del segundo y tercer guiones del punto 1.2 y del punto 2 de su Anexo, las ayudas a las que se refiere el presente Decreto Foral quedarán sujetas a esa modificación o sustitución...

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