ORDEN FORAL 159/2004, de 20 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regulan las compensaciones pecuniarias a percibir por los miembros de la Junta de Contratación Administrativa de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 159/2004, de 20 de mayo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regulan las compensaciones pecuniarias a percibir por los miembros de la Junta de Contratación Administrativa de Navarra.

La Disposición Adicional cuartade la Ley Foral 34/2004, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2004, establece que reglamentariamente se regularán las compensaciones pecuniarias a percibir por los miembros de la Junta de Contratación Administrativa y de la Comisión de Arbitraje dependiente de la misma, con motivo de su asistencia a las sesiones de estos órganos y de la elaboración de informes y dictámenes.

En su virtud, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 36.2 b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Los miembros de la Junta de Contratación Administrativa percibirán una dieta de 60 euros por cada sesión de Pleno o, en su caso, de Comisión a la que asistan, salvo que ostenten la condición de miembro del Gobierno de Navarra o de personal eventual al servicio de la Administración de la Comunidad Foral.

  2. La emisión de informes o dictámenes por los miembros de la Junta de Contratación Administrativa, previo acuerdo de los órganos competentes de ésta, será retribuida con una compensación, por autor, de 180 euros.

  3. El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral que sea designado para integrar las Comisiones de Arbitraje para la fijación de precios, en los casos de modificaciones de contratos de obra, percibirá una dieta de 60 euros por cada sesión a la que asista.

  4. Las compensaciones establecidas en la presente Orden Foral serán incompatibles con la percepción de retribuciones...

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