DECRETO FORAL 19/2010, de 12 de abril, por el que se crea el Complejo Hospitalario de Navarra del Servicio Navarro de Salud- Osasun bidea y se establece su estructura directiva.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Junio de 2010
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

A partir de la transferencia a Navarra de la gestión de los servicios sanitarios de la Seguridad Social, materializada por Real Decreto 1680/1990, de 28 de diciembre, y de la consiguiente integración de los recursos transferidos con aquellos otros dependientes de la Diputación Foral, mediante la creación del Servicio Regional de Salud, que tuvo lugar el 1 de enero del año 1991, y ya más recientemente como Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, quedó definitivamente integrado todo el dispositivo sanitario de la red asistencial pública en la Comunidad Foral de Navarra. Como resultado de la citada transferencia, así como del posterior desarrollo y creación de nuevos centros e infraestructuras sanitarias, existe en la actualidad un conjunto de unidades y servicios asistenciales, en ocasiones duplicados en distintos centros, cuya masa crítica, problemas de ubicación, y sistemas organizativos impiden, en ocasiones, afrontar con eficiencia y agilidad los constantes cambios y adaptaciones que la evolución de la sanidad y de la propia sociedad demandan.

Actualmente, la regulación normativa que afecta a los centros y unidades asistenciales públicos correspondientes al Área de Pamplona, se encuentra en el Decreto Foral 45/2006, de 3 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en el Decreto Foral 443/1991, de 22 de octubre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno del Hospital de Navarra y del Hospital Virgen del Camino, y en el Decreto Foral 496/1991, de 4 de noviembre, por el que se aprueba la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno de la Clínica Ubarmin.

Entre las preocupaciones reflejadas en el "Plan de Salud de Navarra 2006-2012", aprobado por la Comisión de Salud del Parlamento de Navarra el 28 de febrero de 2007, se recogen aspectos tan relevantes como "el grado de especialización de los hospitales de la red pública, la justificación de estructuras hospitalarias para determinados servicios con escasa demanda, la organización de las urgencias, el modelo de gestión centralizada eludiendo la corresponsabilidad gerencial y profesional, etc. Se propone, por tanto, debatir la utilidad de nuevas formas de gestión, paradigma de las reformas de los sistemas públicos europeos y de otras comunidades españolas, en las que comparten responsabilidades los gestores, los profesionales y los ciudadanos, y se identifican funciones diferenciadas en los distintos órganos del Sistema de Salud".

En concreto, en el apartado 13.2. del citado Plan de Salud se plantea como objetivo garantizar la necesaria coordinación y racionalización de la oferta asistencial correspondiente al área hospitalaria de Pamplona con el fin de asegurar la máxima eficiencia en el aprovechamiento de los recursos humanos, financieros y tecnológicos.

La necesidad de armonizar y racionalizar la gestión asistencial y el modelo organizativo de los distintos centros sanitarios de Pamplona, sobre la que existe un amplio grado de consenso, queda reflejada en las acciones propuestas en el apartado de "Política Sanitaria", correspondiente al Plan Estratégico de la Sanidad Pública de la Comunidad Foral de Navarra, elaborado por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra, y remitido, a todos los efectos, al Parlamento de Navarra. La finalidad es definir y desarrollar un modelo de organización funcional a través de la integración de los hospitales, de manera que se unifiquen los recursos humanos, financieros y tecnológicos con el fin de alcanzar la máxima eficacia y calidad en el cuidado del paciente (buenas prácticas médicas) y la mejor utilización y rentabilidad desde el punto de vista de las inversiones y la tecnología. Ello implica, igualmente, una mejor utilización de los equipos de dirección, planificación estratégica, información, control del gasto, cartera de servicios, etc.

Como resultado directo del estudio y desarrollo de las actuaciones contempladas en el vigente Plan de Salud, referidas a los recursos del área de Pamplona, y basadas en un análisis previo sobre los posibles niveles de integración organizativa de los hospitales de Pamplona y su idoneidad, en orden a mejorar la eficacia y la calidad del cuidado de los pacientes, así como a establecer por parte de Asistencia Especializada, una relación de unidades multidisciplinares susceptibles de ser configuradas como área de gestión clínica, o bajo otros epígrafes organizativos, se plantea el presente Decreto Foral como hito central sobre el que pivote la nueva reforma estructural y la modernización de la organización sanitaria de Navarra.

Mediante este Decreto Foral se crea una estructura sanitaria asistencial única, denominada Complejo Hospitalario de Navarra, que englobará los diferentes recursos pertenecientes al Área de Pamplona, con independencia de su ubicación actual, excluidos aquéllos que dependan de la Dirección de Atención Primaria o aquellos otros que, específicamente, se determinen. En el Decreto Foral se establece, asimismo, su estructura directiva y las bases de su funcionamiento.

Esta propuesta de unificación se enmarca en la profundización de una línea organizativa consistente en el desarrollo de nuevos instrumentos de gestión basados en la descentralización, la participación de los profesionales y la mejora de la eficiencia, tal y cómo se establece en la prioridad 14 del vigente Plan de Salud. Se trata, en concreto, de desarrollar, en el ámbito de la asistencia especializada, modelos organizativos basados en criterios de gestión clínica adaptados a cada área, servicio o unidad asistencial, en función de su actividad clínica y características específicas, a través de las actuaciones que en el desarrollo de este Decreto Foral se establecen, referidas precisamente a la fusión e interrelación de las distintas unidades asistenciales que incluyen el denominado Complejo Hospitalario de Navarra.

El objetivo de este Decreto Foral es establecer un modelo organizativo novedoso, desde la perspectiva de que aborda la atención de pacientes desde el punto de vista del proceso global asistencial. Es, por lo tanto, un modelo asistencial diferenciado en el conjunto del sistema sanitario público de Navarra.

Los fines de esta unificación son mejorar la eficiencia desde el punto de vista asistencial, analizar y proponer para cada una de las unidades asistenciales, contempladas como verdaderos centros de responsabilidad, el esquema organizativo que mejor se adapte a los objetivos de mejora de la calidad asistencial y de la eficacia de la unidad, establecer el nuevo Centro Hospitalario como referencia asistencial de la región sanitaria y modelo del nuevo sistema organizativo, adecuar la masa crítica asistencial de las unidades y servicios, de modo que se garantice la idoneidad en materia de especialización y subespecialización, e impulsar y racionalizar el desarrollo e implantación de nuevas tecnologías, entre otros fines que se recogen en el articulado.

La complejidad y trascendencia del proceso que se inicia con la aprobación de este Decreto Foral, hace aconsejable el establecimiento de diferentes etapas en su implantación. De este modo, distinguimos una primera fase en la que se aprueba la estructura directiva del Complejo Sanitario, lo que supone eliminar las duplicidades actualmente existentes en las estructuras de los centros que lo integran, de una segunda fase en la que, de forma se progresiva, se irá concretando la unificación de las unidades subordinadas, y cuya labor corresponde, entre otros, a la estructura directiva que se implanta a través de este Decreto Foral, impulsando cuantos procesos participativos sean necesarios y aconsejables, velando por la racionalización de los recursos, simplificando la gestión y buscando los beneficios de la economía de escala, y sin...

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