DECRETO FORAL 311/1996, de 2 de septiembre, por el que se complementa el régimen de subvenciones establecido para la redacción de planeamiento urbanístico municipal.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 311/1996, de 2 de septiembre, por el que se complementa el régimen de subvenciones establecido para la redacción de planeamiento urbanístico municipal.Boletín Oficial de Navarra Número 111 - Fecha 13/09/1996

Mediante Decreto Foral 146/1995, de 26 de junio, se estableció un régimen de subvenciones al planeamiento municipal que ha posibilitado un importante esfuerzo de redacción de planeamiento por los municipios de Navarra.

La cercanía de la fecha que fija la disposición transitoria primera de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del territorio y Urbanismo, de presentación para su aprobación definitiva de los Planes Municipales de Ayuntamientos de más de 500 habitantes, aconseja impulsar el cumplimiento de ese deber estableciendo subvenciones al efecto en las mismas condiciones que las que estableció en su día el Decreto Foral 146/1995 con similar finalidad.

Procede también posibilitar la redacción de Plan Municipal a aquéllos Ayuntamientos que, al amparo de los Decretos Forales 160/1992 y 83/1990, aprobaron inicialmente instrumentos de planeamiento y que por diversas causas no han obtenido la aprobación definitiva, pero que desean volver a iniciar el proceso de formación de planeamiento, en este caso a través del instrumento del Plan Municipal.

Por otra parte, con el objeto de homogeneizar figuras de planeamiento, conviene colaborar con aquéllos municipios de más de 500 habitantes, que contando con Normas Subsidiarias o Plan General en vigor, quieran revisarlos y adaptarlos a la figura de Plan Municipal.

Interesa, asimismo, extender el régimen de ayuda a los Ayuntamientos que, contando en su territorio con áreas declaradas Conjunto Histórico, redacten el planeamiento especial a que se refiere el artículo 92 de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en concordancia con el artículo 20 de la Ley del Patrimonio Histórico Español.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día dos de septiembre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR