ORDEN FORAL 336/1998, de 15 de septiembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se completa la Orden Foral 215/1997, de 13 de junio, por la que se desarrolla el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que se facilita la formación y el perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad ...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 336/1998, de 15 de septiembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se completa la Orden Foral 215/1997, de 13 de junio, por la que se desarrolla el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que se facilita la formación y el perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en puestos de trabajo docentes y orientadores escolares de nivel o grupo A, a fin de incorporar las plazas de ámbito socio-lingüístico y científico-técnico en el Anexo I.Boletín Oficial de Navarra Número 116 - Fecha 28/09/1998

Por Orden Foral 215/1997, de 13 de junio, del Consejero de Educación y Cultura, se desarrolla el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que se facilita la formación y el perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en puestos de trabajo docentes y orientadores escolares de nivel o grupo A.

El Anexo I de la citada Orden establece las plazas objeto de provisión por parte de los aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Profesor de Enseñanza Secundaria en situación de servicios especiales para la formación.

El Pacto sobre condiciones de implantación del segundo ciclo de la Enseñanza Secundaria Obligatoria, del Bachillerato y de la Formación Profesional en los Centros cuya titularidad corresponde al Departamento de Educación y Cultura", suscrito en la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario el día 23 de enero de 1998, regula los requisitos de acceso a las plazas de ámbito socio-lingüístico y científico-técnico.

La implantación de dichas especialidades en los Institutos de Educación Secundaria dependientes del Departamento de Educación y Cultura, hace necesaria la incorporación de las mismas al Anexo I de la Orden Foral señalada, a fin de facilitar el acceso a las plazas de ámbito socio-lingüístico y científico-técnico a los aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Profesor de Enseñanza Secundaria en situación de servicios especiales para la formación.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones conferidas por Decreto Foral 165/1996, de 1 de septiembre,

ORDENO:

  1. Completar la Orden Foral 215/1997, de 13 de junio, por la que se desarrolla el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, a fin de incluir las plazas de ámbito científico-técnico y de ámbito...

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