DECRETO FORAL 75/2006, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Evaluación Documental.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Decreto foral |
DECRETO FORAL 75/2006, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Evaluación Documental.
El artículo 44 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, después de reconocer expresamente la competencia exclusiva de la Comunidad Foral de Navarra en materia de Patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico, dispone, en su apartado 10, la misma competencia respecto de los Archivos que no sean de titularidad estatal.
La Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, de Patrimonio Cultural de Navarra, en su artículo 12, crea la Comisión de Evaluación Documental, cuya composición, organización y funcionamiento se deberá fijar reglamentariamente.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de octubre de 2006,
DECRETO:
Se aprueba el Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Evaluación Documental, cuyo texto se inserta a continuación.
Unica._Constitución de la Comisión de Evaluación Documental.
La Comisión de Evaluación Documental se constituirá en un plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto Foral.
Primera._Habilitación al Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.
Se faculta al Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento, ejecución y desarrollo del Reglamento que se aprueba mediante este Decreto Foral.
Segunda._Entrada en vigor.
El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 30 de octubre de 2006._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE EVALUACION DOCUMENTAL
El presente Reglamento tiene por objeto regular la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Evaluación Documental.
La Comisión de Evaluación Documental es un órgano de carácter asesor adscrito al Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.
A los efectos del presente Reglamento se entiende por:
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Serie documental: conjunto de documentos producidos de manera continuada por una entidad como resultado del desarrollo de las funciones y actividades que les son propias, independientemente de cual sea su soporte (papel, fotográfico, electrónico, etc.) y su fecha.
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Identificación: estudio exhaustivo de cada serie documental destinado a proporcionar los datos necesarios para su evaluación.
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Evaluación: operación archivística consistente en analizar los datos resultantes de la identificación de cada serie documental, a fin de determinar los plazos de conservación en cada una de las fases de archivo, su posible eliminación y el régimen de accesibilidad que le afecta.
La Comisión de Evaluación Documental (CED) tiene como objetivos resolver sobre cuestiones relativas a la valoración, selección y acceso a los documentos con el fin de determinar su conservación o eliminación, y los plazos de acceso según criterios administrativos, fiscales, jurídicos y de investigación.
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La Comisión de Evaluación Documental elevará al titular de la Dirección General competente en materia de archivos propuestas relativas a las siguientes materias:
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Determinación de los criterios de...
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