ORDEN FORAL 2224/1998, de 19 de junio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para acciones de formación en el sector del transporte público por carretera.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 2224/1998, de 19 de junio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para acciones de formación en el sector del transporte público por carretera.Boletín Oficial de Navarra Número 93 - Fecha 05/08/1998

La necesaria modernización de las empresas y de las asociaciones del sector del transporte público ante la implantación de la libre circulación de mercancías y viajeros en el ámbito de la Unión Europea, hace necesario establecer un marco de subvenciones destinadas a la formación en el sector del transporte público por carretera.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, ha de procederse a la aprobación de la convocatoria de subvenciones y de sus correspondientes bases reguladoras.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio,

ORDENO:

Primero.-Aprobar la convocatoria de subvenciones para acciones de formación en el sector del transporte público por carretera en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra para el ejercicio de 1998, que se regirá por las siguientes,

B A S E S

Primera.-Objeto.

La presente Orden Foral tiene por objeto el establecimiento de la convocatoria y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la organización de acciones o cursos de formación o perfeccionamiento dirigidos a los titulares y/o los trabajadores de las empresas del sector transporte.

El contenido de las acciones o cursos deberá estar directamente relacionado con el transporte por carretera. Se exceptúan aquellos cursos dirigidos a la obtención de certificados de capacitación profesional.

Quedarán excluidas de la presente convocatoria las actividades de formación que estén subvencionadas por cualquier Organismo o Institución Pública.

Segunda.-Beneficiarios.

Serán beneficiarios de estas ayudas las empresas titulares de autorizaciones de transporte público o de actividades auxiliares y complementarias del transporte y las asociaciones de transportistas legalmente constituidas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, con independencia de su forma jurídica.

Tercera.-Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de...

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