ORDEN FORAL 31/2010, de 27 de abril, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción de la 'Autovía del Pirineo A-21, Tramo 4: Venta de Judas-Yesa'.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 111/2009, de 16 de diciembre, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se procedió a la aprobación provisional del proyecto de construcción de la "Autovía del Pirineo A-21, Tramo 4: Venta de Judas-Yesa" y se sometió a información pública la relación de bienes y derechos afectados.

La ejecución de las obras se encuentra enmarcada dentro del contrato "Plan Navarra 2012. Actuación Prioritaria: concesión de obras públicas para la construcción y explotación de la Autovía del Pirineo A-21".

Finalizado el plazo de información pública se han recibido las siguientes alegaciones:

Alegación número 1.-Don Alfredo Goyeneche Echeverri.

Propietario afectado por varias fincas de Liédena indica el cambio de su domicilio.

Contestación:

Se acepta lo solicitado. Se incluye en la relación de bienes y derechos el domicilio de calle Monasterio de la Oliva, número 7, 1.º C.

Alegación número 2.-Don José Ramón Labairu Usoz.

Solicita el cambio del cultivo en la finca LU-119 de pastos a tierra de labor secano.

Contestación:

Se acepta lo solicitado. Según los datos catastrales actuales esta finca está destinada a tierra de labor secano, en consecuencia se corrige la relación de bienes y derechos.

Alegación número 3.-Don Juan Ignacio Oyaga Ozcoidi.

  1. Solicita la expropiación total de la finca LI-059.

  2. Solicita se le abonen las perdidas por determinados conceptos que detalla.

    Contestación:

  3. Se acepta lo solicitado. De conformidad con lo dispuesto el artículo 23 de la Ley de Expropiación Forzosa se procederá a la expropiación del resto de la parcela 166 del polígono 2 de Liédena, en total 6.890 m².

  4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.5 de la Ley de Expropiación Forzosa durante el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación la Administración fijará las cifras de indemnización por el importe de los perjuicios derivados de la rapidez de la ocupación tales como cosechas pendientes y otras igualmente justificadas.

    Alegación número 4.-Don José Ángel Osa Aldabaldetrecu.

    Solicita acometida de abastecimiento y de servicios al futuro camping, en las inmediaciones de la parcela 108 del polígono 2 de Liédena.

    Contestación:

    En el momento en que se elabore el proyecto del centro de control y se determine su ubicación exacta, se estudiará la posibilidad de atender lo solicitado.

    Alegación número 5.-Don José Fernando Ayesa Eguaras.

    Indica que es propietario de la parcela 1046 del polígono 1 de Lumbier; aporta copia parcial de la escritura de compraventa y solicita se le incluya como afectado.

    Contestación:

    Se acepta lo solicitado. A la vista de la documentación aportada, así como el Registro Fiscal de Riqueza Territorial de Navarra, se corrige la relación de bienes y derechos sustituyendo a los titulares que allí constan por don José Fernando Ayesa Eguaras y doña María Ángela Usoz Pérez, ambos con domicilio en la calle Mayor, 4 - 2.º izqda. de Lumbier.

    Alegación número 6.-Don Eneko Beorlegui Mendióroz.

    Solicita acceso a su parcela 1033 del polígono 1 de Lumbier durante las obras y una vez finalizadas, y en caso contrario solicita la indemnización correspondiente.

    Contestación:

    Se garantizará el acceso a dicha finca durante las obras así como al finalizar las mismas.

    Alegación número 7.-Don Pedro Pascual Barber; doña Ana María, don Francisco Javier, doña María Jesús y doña María Roncesvalles Barber Cárcamo; y don José Joaquín y don Xabier Barber del Río.

    Manifiestan que ostentan la herencia yacente de su abuelo don Evaristo Barber Oyaga y de su tío don Francisco Javier Barber Zapata a cuyo nombre constan las fincas a las que hacen referencia. Aportan fotocopia de escritura de capitulaciones matrimoniales del donante don Evaristo Barber Oyaga.

    Solicitan:

  5. La expropiación total de las siguientes fincas: LI-063 y LI-064 (2/160), LI-115 y LI-117 (1/141), y LI-105 (1/152).

  6. Que las fincas LI-2031, LI-2032 y LI-2033, sometidas a ocupaciones temporales por préstamos, queden en idénticas condiciones a las que se encontraban antes.

  7. Que sus accesos queden en óptimas condiciones.

  8. Que se les pague el correspondiente arriendo de estas tierras.

    Contestación:

    El proyecto toma las referencias identificadoras y datos descriptivos del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra, datos actualizados y coincidentes con el catastro municipal, constando como titular en ellos don Francisco Javier Barber Zapata. No obstante, al ser la herencia yacente un derecho real sobre los bienes, se entenderán diligencias con el administrador o representante de la misma.

  9. Respecto a la expropiación total de las fincas LI-063 (2/160A), LI-115 y LI-117 (1/141), y LI-105 (1/152) no se acepta lo solicitado, por no considerarse antieconómco el resto de la finca para su uso actual, por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Expropiación Forzosa, en el justiprecio se incluirá la indemnización por los perjuicios que pudieran producirse a consecuencia de la expropiación parcial.

    Respecto a la expropiación total de la finca LI-064 (2/160B), se acepta lo solicitado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Expropiación Forzosa Se procederá a la expropiación de esta subparcela de 1.727 m².

  10. No se puede garantizar que las fincas queden en idénticas condiciones después de haber extraído el material, dado que la topografía de la zona se verá alterada. Se procederá al replanteo y deslinde de las superficies resultantes, en todo caso se dejarán en condiciones aptas para el uso actual.

  11. Se garantizará el acceso a dicha finca.

  12. Las indemnizaciones por los perjuicios derivados de la rapidez de la ocupación se determinarán en el Acta Previa a la Ocupación y las indemnizaciones que pudieran corresponder por la ocupación temporal en las parcelas afectadas por los préstamos se determinarán en la posterior fase de justiprecio.

    Alegación número 8.-Don José Fernando Ayesa Eguaras.

    Solicita colocación de cierre de la autovía a la izquierda de la cuneta que linda con su parcela.

    Contestación:

    Se atiende lo solicitado.

    Alegación número 9.-Don Francisco Javier Latorre Mendive.

    Solicita que el trazado a su paso por Liédena, en el P.K. 5.5, se modifique de manera que libere accesos al camino de la Foz y de Aspra y se aleje lo máximo del casco urbano.

    Contestación:

    El trazado del proyecto sometido a información pública, en torno al PK 5.5 es el resultado del Estudio Informativo "Autovía Huesca-Pamplona. Carreteras N-330 y N-240" y de la Declaración de Impacto Ambiental del "Estudio Comparativo de corredores al norte del valle del Ebro para la conexión del eje Cantábrico con el eje Levante a Francia por Aragón", y representa la solución técnica mas adecuada y que mejor se ajusta a las características topográficas de la zona, por lo que no procede su modificación. No obstante se tomarán las medidas precisas para afectar lo menos posible a la zona y así preservar el entorno de los caminos de la Foz y de Aspra.

    Alegación número 10.-Los representantes de los Ayuntamientos de Aibar, Cáseda, Javier, Ezprogui, Gallipienzo, Eslava, Petilla, Sada, Sangüesa, Yesa.

    Solicitan se replantee el trazado en el P.K. 5+500 manteniendo caminos tradicionales y la unión de Liédena con sus recursos culturales y naturales.

    Contestación:

    El trazado del proyecto sometido a información pública, en torno al PK 5.5 es el resultado del Estudio Informativo "Autovía Huesca-Pamplona. Carreteras N-330 y N-240" y de la Declaración de Impacto Ambiental del "Estudio Comparativo de corredores al norte del valle del Ebro para la conexión del eje Cantábrico con el eje Levante a Francia por Aragón", y representa la solución técnica mas adecuada y que mejor se ajusta a las características topográficas de la zona, por lo que no procede su modificación. No obstante se tomarán las medidas precisas para afectar lo menos posible a la zona y así preservar el entorno de los caminos tradicionales y la unión de Liédena con sus recursos naturales y culturales.

    Alegación número 11.-Don José María Guindano Ciprés en representación de la Asociación de Empresarios Baja Montaña.

    Solicita se replantee el trazado en el P.K. 5+500 manteniendo caminos tradicionales y el acceso al patrimonio cultural y natural.

    Contestación:

    El trazado del proyecto sometido a información pública, en torno al PK 5.5 es el resultado del Estudio Informativo "Autovía Huesca-Pamplona. Carreteras N-330 y N-240" y de la Declaración de Impacto Ambiental del "Estudio Comparativo de corredores al norte del valle del Ebro para la conexión del eje Cantábrico con el eje Levante a Francia por Aragón", y representa la solución técnica mas adecuada y que mejor se ajusta a las características topográficas de la zona, por lo que no procede su modificación. No obstante se tomarán las medidas precisas para afectar lo menos posible a la zona y así preservar el entorno de los caminos tradicionales y el acceso al patrimonio natural y cultural.

    Alegación número 12.-Doña María Beatriz Lucía Olleta Sánchez en representación del Ayuntamiento de Liédena.

  13. Solicita sustituir el semienlace Este de Liédena por enlace completo, y urbanizar la carretera actual N-240 desde la rotonda existente hasta la nueva rotonda asociada al enlace.

  14. Solicita que el trazado a su paso por Liédena, en el P.K. 5.5, se modifique de manera que libere accesos al camino de la Foz, del Soto y de Aspra y se aleje lo máximo del casco urbano.

  15. Solicita en encauzamiento de la "Acequia de Liskar", así como su limpieza hasta el rio Iratí.

  16. Solicita que se reponga, en caso de verse afectado, la tubería de agua existente desde el caso urbano de Liédena y que discurre por el Camino de la Foz.

  17. Solicita que se construya en camino de servicio a derecha e izquierda de la Autovía para dar a acceso a las fincas privadas existentes del PK 5+600 al 6+200, y a todas las fincas privadas que hayan quedado sin acceso.

  18. Solicita que se repongan las entradas a las fincas existentes en los...

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