ORDEN FORAL 359/2003, de 23 de julio, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a los Ayuntamientos y Concejos de la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución de proyectos de obras de mejora, ampliación y remodelación de centros públicos de 2.º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria (Primaria...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 359/2003, de 23 de julio, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a los Ayuntamientos y Concejos de la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución de proyectos de obras de mejora, ampliación y remodelación de centros públicos de 2.º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria (Primaria-ESO) y Escuelas Municipales de Música.

El régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de las Administraciones de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos quedó establecido, con carácter general, en la Ley 8/1997, de 9 de junio, respondiendo a la necesidad de avanzar en un mejor control y transparencia de procedimiento, según los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Con anterioridad, el Decreto Foral 13/1990, de 25 de enero, había regulado específicamente "la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos y Concejos de Navarra para la ejecución de proyectos de obras de mejora, ampliación y remodelación de los Colegios Públicos de Preescolar y Educación General Básica y Escuelas Municipales de Música y Conservatorios", tratando de establecer un sistema coherente y coordinado de ayudas y fijando, en consecuencia, los criterios y cauces administrativos que han de servir de marco a las oportunas convocatorias.

Por su parte, los Presupuestos Generales de Navarra del presupuesto prorrogado de 2002 para 2003, incluyen dentro del programa 410 "Mejora de las condiciones de escolarización de todos los niveles de enseñanza", como viene siendo habitual, la partida 410001-41120-7600-424100, denominada "Obras en Centros Educativos de propiedad municipal" que está destinada a la financiación, mediante el procedimiento de subvención, de proyectos de inversión que correspondan a ese ámbito.

Por Acuerdo de Gobierno de 16 de junio de 2003, se aprobó el texto de la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos y Concejos de la Comunidad Foral de Navarra para la ejecución de proyectos de obras de mejora, ampliación y remodelación de centros públicos de 2.º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Primaria-E.S.O. y Escuelas Municipales de Música. Así mismo, se aprobó un gasto de 1.094.443,00 euros que se abonarán con cargo a la partida 410001-41120-7600-424100 "Obras en Centros Educativos de propiedad municipal" del presupuesto prorrogado de 2002 para 2003.

Con el fin de facilitar a las Entidades Locales el acceso a las ayudas previstas para favorecer los proyectos de inversión para la mejora, ampliación y remodelación de los edificios e instalaciones escolares públicos, de los que son titulares, se hace preciso dictar una Orden foral por la que se apruebe la convocatoria de subvenciones previstas en el presupuesto prorrogado de 2002 para 2003, estableciendo las bases por las que se ha de regir su concesión.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 36, apartado c, de la Ley foral reguladora del Gobierno y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

HE DISPUESTO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvenciones a Entidades Locales (Municipios y Concejos) de Navarra para la realización de proyectos de inversión para la mejora, ampliación y remodelación de los edificios e instalaciones escolares de carácter público y de nivel no universitario, de los que son titulares, que se financiará con cargo a la partida 410001-41120-7600-424100, denominada "Obras en Centros Educativos de propiedad municipal" del presupuesto de 2002 prorrogado para 2003, hasta un máximo de 1.094.443 euros.

  2. Aprobar las bases reguladoras por las que se ha de regir esta convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 6.º 1 de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, y en el Decreto Foral 13/1990, de 25 de enero, que figuran como Anexo de esta Orden Foral.

  3. Trasladar la presente Orden Foral al Director General de Educación, al Interventor delegado del Departamento de Economía y Hacienda en Educación, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Servicio de Inversiones, a la Sección de Mantenimiento de Centros y dependencias del Departamento y al Negociado de Construcciones.

  4. Ordenar la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  5. Contra la presente convocatoria, sus bases reguladoras y los actos de aplicación de las mismas podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación.

Pamplona, veintitrés de julio de dos mil tres._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

A N E X O

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a los Ayuntamientos y Concejos de la Comunidad Foral de Navarra para la...

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