ORDEN FORAL 150/2006, de 26 de junio, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva a Entidades Locales de Navarra para el fomento y promoción de sus acciones deportivas para el año 2006.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 150/2006, de 26 de junio, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva a Entidades Locales de Navarra para el fomento y promoción de sus acciones deportivas para el año 2006.

La actual implantación del hecho deportivo en la sociedad Navarra y la implicación de las Entidades Locales en la misma, hace que desde el Gobierno se oferten medidas encaminadas a reducir la diferencia estructural entre las Entidades Locales, permitiendo con esta acción un doble objetivo:

_Facilitar que toda la población Navarra pueda acceder a la práctica deportiva.

_Ayudar a que las Entidades Locales vayan asumiendo sus competencias y desarrollando su organización deportiva.

En este sentido y dando cumplimiento a lo dispuesto en Ley Foral del Deporte la disposición de recursos que desde el Instituto Navarro Deporte y Juventud se dedican al fomento de la actividad deportiva en las Entidades Locales, se deben estructurar de una nueva forma, dirigiéndose hacia aquellas Entidades Locales de tamaño medio y pequeño que necesitan afianzar, en unos casos, o crear, en otros, su organización deportiva básica para que puedan ofrecerles a sus ciudadanos los servicios deportivos que corresponden, y en todas ellas mejorar sus niveles de prestación.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y el Decreto Foral 46/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de subvencionas en concurrencia competitiva a Entidades Locales de Navarra para el fomento y promoción de sus acciones deportivas para el año 2006, conforme a las bases que se incluyen como Anexo 1.º en la presente Orden Foral.

  2. Aprobar el baremo para la valoración de las solicitudes de las Entidades Locales de Navarra, en relación con la convocatoria anteriormente citada, que se incluye con Anexo 2.º en la presente Orden Foral.

  3. Autorizar un gasto de 319.000 euros (trescientos diecinueve mil) para hacer frente a la presente convocatoria con cargo a la Partida Económica 940002-95110-4609-336100 denominada "Ayudas para actividades deportivas de entidades locales", de los Presupuestos Generales de Navarra de 2006.

  4. Publicar esta Orden Foral y sus anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarla al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de junio de 2006._La Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, María Isabel García Malo.

ANEXO 1º

Bases

  1. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión en concurrencia competitiva de subvenciones a Entidades Locales para el año 2006:

    1.1. Ayudas a la implantación de nuevos sistemas deportivos, dirigidos hacia las entidades locales sin organización deportiva previa, y a otros programas deportivos sin posibilidad de constituirse como sistemas deportivos estables a criterio de la Subdirección de Deporte. Se establece una ayuda económica específica y adecuada, con el objetivo de facilitar a la entidad local la búsqueda de su sistema deportivo específico y garantizar el servicio deportivo a sus ciudadanos.

    1.2. Ayudas dirigidas a la mejora funcional, desarrollo, potenciación e innovación de los sistemas deportivos locales existentes, siempre que estén reconocidos como tales por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

    1.2.1. Apoyo a la contratación de técnicos deportivos.

    Podrán acogerse a la ayuda de este apartado los Ayuntamientos y las Mancomunidades deportivas que contraten a un técnico deportivo durante el año o lo hubieran contratado en los dos últimos años.

    1. Puesto de trabajo de nueva creación.

      Se entiende por puesto de trabajo de nueva creación aquél que se contempla por primera vez en la plantilla orgánica de la entidad.

    2. Mejora del puesto de trabajo.

      Se entiende por mejora del puesto de trabajo la modificación de la jornada laboral o el nivel del puesto de trabajo existiendo incremento presupuestario. No se aplica sobre complementos.

      Estas ayudas de los apartados a) y b) se podrán disfrutar siempre que la configuración del puesto de trabajo cumpla con los siguientes requisitos:

      _Figure en plantilla orgánica.

      _Se trate de puestos de Nivel A ó B, con titulación de licenciado o diplomado en relación con las Ciencias de la Actividad Física, Deportes y Educación Física (para los puestos de nueva creación).

      _Se configure a jornada completa, (para los puestos de nueva creación).

      _Tenga carácter fijo.

      También se podrán beneficiar de esta ayuda cuando el tiempo de gestión del técnico local contratado se comparta con otras áreas y su dedicación al área deportiva sea igual o superior al 50 por 100 de su tiempo de gestión. En este caso la ayuda será proporcional a su dedicación al área deportiva.

      Se subvencionará la contratación de un segundo técnico deportivo por parte de las entidades locales.

      La ayuda está unida al puesto de trabajo (creación o mejora) y no al trabajador.

      La ayuda se calculará con base a los porcentajes establecidos en el Anexo 2.º sobre cada año de contratación contado a partir de la fecha de toma de posesión.

      1.2.2. Apoyo a la realización de estudios técnicos.

      Se subvencionará la realización de estudios técnicos que versen sobre aspectos deportivos, siempre que estos incidan en áreas concretas del deporte local, sirviendo así para una mejor gestión del sistema deportivo local. Quedan excluidos los estudios de viabilidad de cualquier tipo.

      1.2.3. Apoyo por convenios con federaciones deportivas.

      Se subvencionará la implantación de nuevas modalidades deportivas en el ámbito de la entidad local, siempre que ésta se desarrolle en colaboración con la respectiva federación deportiva, con una duración de dos años y con el objetivo de crear un club para esa modalidad deportiva.

      1.2.4. Apoyo a la implantación de sistemas de calidad.

      Podrá solicitarse ayuda económica para la implantación de cartas de servicios o cualquier otro sistema de gestión de la calidad, en el ámbito deportivo de la entidad local.

      1.2.5. Apoyo a programas específicos de promoción.

      Se apoyarán aquellas acciones encaminadas a la identificación del municipio con una modalidad deportiva de escasa implantación en Navarra. Debe darse la participación e interés en la propuesta de la entidad local solicitante, Club deportivo de la localidad, federación Navarra e Instituto Navarro Deporte y Juventud. Por razones de lo singular de la modalidad deportiva o de la instalación deportiva implicada podrá obviarse la participación del club deportivo.

      De entre las solicitudes presentadas se decidirá sobre cuáles se realizará un estudio de viabilidad, que será elaborado por un grupo de trabajo formado por representantes de las entidades.

      La ayuda del Instituto Navarro Deporte y Juventud se resolverá a partir del citado estudio. El importe máximo a recibir en este apartado será en cantidad similar a la que el Ayuntamiento aporte al programa.

      1.2.6. Programa de actividades ordinarias.

      En este apartado se facilitará ayuda a las Mancomunidades deportivas con técnico deportivo, para el conjunto de actividades deportivas que se desarrollan de manera estable y continua en la programación de la Mancomunidad deportiva y dirigidas a la totalidad de la población.

      1.2.7. Espectáculos deportivos.

      De entre las solicitudes presentadas, se decidirá la adjudicación de ayuda atendiendo al nivel deportivo, y a la incidencia económica del evento o al interés que éste pueda tener para el Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

      Pueden solicitar ayuda en este apartado todas las entidades locales de Navarra.

      Con carácter especial se atenderán aquellas solicitudes que sean de interés para el Instituto Navarro de Deporte y Juventud por su trascendencia para la Comunidad Foral, contenido, oportunidad de su realización o repercusión en los medios de comunicación.

      1.2.8. Actividad física para la tercera edad.

      Con objeto de potenciar la práctica deportiva de la tercera edad, se atenderán de entre las...

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