ORDEN FORAL 484/2008, de 18 de septiembre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que por la que se establece la clasificación de variedades de uva de en la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El artículo 34 del Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, que deroga al anterior Real Decreto 1472/2000 de regulación del potencial vitícola, establece que las Comunidades Autónomas serán las responsables de clasificar como variedades de vid en su ámbito territorial las variedades de vid del género vitis destinadas a la producción de uva de vinificación o material de multiplicación vegetativa de la vid.

Mediante la Orden Foral 355/2006, de 20 de noviembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se estableció la clasificación de variedades de uva de vinificación en la Comunidad Foral de Navarra. Mediante la Orden Foral 198/2007, de 25 de junio, se amplió esta clasificación incluyéndose las variedades Maturana Blanca, Tempranillo Blanco y Verdejo.

El artículo 35.3 del Real Decreto 1244/2008 señala que la inclusión de una variedad totalmente nueva, sin que la misma se encuentre clasificada en las Comunidades Autónomas colindantes, deberá ser sometida a la evaluación de la calidad de acuerdo con lo referido en el artículo 32. Una vez que dicha prueba demuestre una aptitud satisfactoria, esta variedad se incluirá dentro de la categoría de autorizadas.

Las variedades Maturana Tinta y Turruntés B, han sido convenientemente experimentadas, de acuerdo con un proyecto financiado por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja, coordinado por la Universidad de la Rioja y en el que han participado técnicos de las tres Comunidades Autónomas que participan de la D.O.C Rioja. Este proyecto en su día se presentó al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno Navarra se solicitó al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en base al estudio referido, la inclusión de las variedades Maturana Tinta y Turruntés, dentro de las variedades autorizadas en la Comunidad Foral de Navarra. Esta inclusión se ha producido por Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción...

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