ORDEN FORAL 12/2013, de 21 de enero, del Consejero de Fomento, por la que se declara área de rehabilitación preferente al conjunto de edificios de Basaburua señalados en su Plan Especial de Protección y Reforma Interior.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Gobierno de Navarra a través de su Departamento de Fomento y el Ayuntamiento de Basaburua van a impulsar la rehabilitación residencial en áreas distribuidas por su término municipal, apostando por potenciar su arquitectura tradicional, entendiendo que para ello es un medio eficaz la declaración de área rehabilitación preferente, dándose en este caso el supuesto contemplado en el apartado 2 del artículo 86 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, que contempla la posibilidad de extender el concepto de área de rehabilitación preferente a conjuntos dispersos de edificaciones tradicionales rurales.

El Ayuntamiento de Basaburua ha solicitado la referida declaración tras tramitar y aprobar el correspondiente plan especial de protección y ha habilitado en su presupuesto una dotación suficiente para el fomento de la rehabilitación conforme a la respectiva ordenanza municipal.

A la vista de lo anterior y del informe favorable de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas y Edificios de la Comarca de Pamplona, considerando cumplimentados los requisitos establecidos por el artículo 86 del Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, regulador de las actuaciones protegibles de vivienda y del fomento de la edificación residencia, se entiende que procede la declaración de área de rehabilitación preferente para el conjunto de edificios del término municipal de Basaburua recogido en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior.

En su virtud, y en uso de las facultades que me otorga el artículo 57.2.b) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Declarar, a los efectos previstos en el Decreto Foral 4/2006, de 9 de enero, área de rehabilitación preferente al conjunto de edificios señalado en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior de Basaburua.

  2. Notificar la presente Orden Foral al Ayuntamiento de Basaburua, al Servicio de Vivienda y a la ORVE de la Comarca de Pamplona, y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra.

  3. Contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de...

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