DECRETO FORAL 9/2013, de 30 de enero, por el que se crea el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo y se regulan su composición, organización y funcionamiento.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

La Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias ejecutivas en materia laboral, según el artículo 58.1.b) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, debe prestar apoyo al trabajo autónomo, como importante elemento dinamizador de la economía, capaz de crear empleo y riqueza en la realidad socio-económica navarra.

La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, dedica su título V al fomento y promoción del trabajo autónomo y establece que los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las políticas de fomento del trabajo autónomo dirigidas al establecimiento y desarrollo de iniciativas económicas y profesionales por cuenta propia.

En este sentido, el Gobierno de Navarra, a través de los diferentes Departamentos, viene prestando un importante apoyo al trabajo autónomo. Por Acuerdo de 21 de abril de 2008 se aprobó el Plan de Medidas de Apoyo a las Personas con Trabajo Autónomo "Navarra Autónoma", en el que se recogen de forma sistemática las diferentes medidas de fomento y apoyo del trabajo autónomo, implementadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Entre estas medidas destaca por su importancia la promoción del espíritu y la cultura emprendedora, a través del fomento del asociacionismo del trabajo autónomo, dotándole de la representatividad y participación que le corresponde en el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo.

De igual manera, en el IV Plan de Empleo de Navarra se previó como objetivo prioritario en esta materia el apoyo a la constitución del Consejo Navarro del Trabajo Autónomo.

Mediante Orden Foral 239/2009, de 21 de mayo, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, se crea el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Navarra, estableciendo su estructura y sus normas de funcionamiento y regulando, a su vez, las organizaciones profesionales que tienen acceso al mismo, los actos inscribibles y su publicidad registral.

En consecuencia, de acuerdo con la previsión del artículo 22.7 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, el presente Decreto Foral pretende crear el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo, como foro de encuentro de las asociaciones de profesionales de trabajadores autónomos con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas dentro del ámbito de la Comunidad Foral, así como con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con funciones consultivas en materia socioeconómica y profesional del trabajo autónomo.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, de acuerdo con el Dictamen del Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de enero de 2013.

DECRETO:

Artículo 1 Creación y adscripción.

Se crea el Consejo Navarro del Trabajo Autónomo, como órgano colegiado de participación y diálogo institucional entre las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, organizaciones sindicales y empresariales y el Gobierno de Navarra, conforme a lo previsto en el artículo 22.7 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a través del cual se canalizará el diálogo social en las materias propias del trabajo autónomo.

El Consejo Navarro del Trabajo Autónomo, con la composición y...

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