DECRETO FORAL 247/2000, de 3 de julio, por el que se crea el Consejo Navarro de la Formación Profesional.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
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DECRETO FORAL 247/2000, de 3 de julio, por el que se crea el Consejo Navarro de la Formación Profesional.

El desarrollo económico y el bienestar social de los países dependen, cada vez en mayor medida, de un sistema productivo competitivo que, no sólo produzca bienes y servicios de alta calidad y bajo precio, sino que innove y genere productos que respondan a las demandas sociales.

Ante el dinamismo que se requiere para competir con éxito en una economía global, con pocos mecanismos proteccionistas, aparece el factor estratégico de la formación y la cualificación de los trabajadores.

Un sistema productivo competitivo requiere una formación adaptada a las demandas de cualificación de los distintos puestos de trabajo. Puestos de trabajo que, en Navarra, al igual que ocurre en los países desarrollados de nuestro entorno, se concentran, en gran medida, en el ámbito de la formación profesional.

Por consiguiente, una economía saneada que satisfaga muchas de las demandas de prestaciones sociales requeridas en un estado del bienestar, requiere un sistema de formación y cualificación profesional competitivo.

El desarrollo y la mejora del sistema de formación profesional ha sido constante en los últimos años en nuestro país. Una de las novedades legislativas más importantes en los últimos tiempos, la Ley Orgánica 1/90, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, propugna una nueva formación profesional inicial-reglada organizada en forma de ciclos. El artículo 30 de esta Ley define el alcance de estas enseñanzas e indica que las Administraciones públicas garantizarán la coordinación de las diferentes ofertas de formación profesional. Así mismo, el artículo 34 señala que, en el diseño y la planificación de la formación profesional específica, se fomentará la participación de los agentes sociales.

El Consejo General de Formación Profesional, regulado por la Ley 1/1986, de 7 de enero, y modificado por la Ley 19/1997, de 9 de junio, es el órgano de encuentro entre Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y agentes sociales en el ámbito de estas enseñanzas. Recientemente, el mencionado Consejo aportó uno de los trabajos institucionales más importantes que, en materia de formación profesional, se han realizado en nuestro país: la propuesta del Segundo Programa Nacional de Formación Profesional, que fue aprobado por el Gobierno por Acuerdo del Consejo de Ministros del 13 de marzo de 1998.

Este nuevo Programa de Formación Profesional establece cuatro principios esenciales:

  1. La consideración de la formación profesional como capital humano.

  2. La integración de la formación profesional con las políticas activas de empleo en clave comunitaria.

  3. La participación de la Administración General del Estado, de los agentes sociales y de las Comunidades Autónomas, dentro del Consejo General de la Formación Profesional.

  4. La creación del Sistema Nacional de las Cualificaciones.

Entre las medidas que el mencionado Programa propone, destaca la creación del Instituto Nacional de las Cualificaciones, lo cual se hizo mediante Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo.

Todas estas iniciativas en el marco estatal están igualmente justificadas en las correspondientes Comunidades Autónomas. En materias de educación, formación y empleo, se han producido notables trasvases de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas. En particular, el Gobierno de Navarra posee amplios ámbitos de gestión en aspectos relacionados con la formación profesional. Mediante Real Decreto 1070/1990, de 31 de agosto, la Comunidad Foral de Navarra asume importantes funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria y, en particular, en todo lo concerniente a la Formación Profesional Reglada. Igualmente, por otra parte, se ha producido la transferencia efectiva a la Administración Foral, por Real Decreto 1319/1997, de 1 de agosto, de las funciones y servicios que ejercía el Instituto Nacional de Empleo en materia de formación profesional ocupacional.

Por ello, ciertos procesos de gestión y participación democrática que se producen en un plano estatal, deben tener su reflejo en el ámbito de la Comunidad Foral. En concreto, en relación con el Segundo Programa Nacional de Formación Profesional, se requiere que, en materia de formación profesional, el Gobierno de Navarra cuente con aquellos órganos que le permitan, de un modo eficaz, desarrollar las competencias que ha asumido.

Un primer órgano, de carácter asesor, será el denominado Consejo Navarro de la Formación Profesional, el cual se regula mediante el presente Decreto Foral; un segundo órgano, de tipo técnico, será el denominado Instituto Navarro de las Cualificaciones, el cual, como establece el artículo 2, del Real Decreto 375/1999, se corresponsabilizará, con el Instituto Nacional de las Cualificaciones, en la definición del Catálogo de las Cualificaciones Profesionales. Ambos órganos, por la necesidad de estar directamente coordinados, estarán adscritos a un mismo Departamento de la Administración Foral.

En el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones, las funciones de análisis y seguimiento de la dinámica de empleo en nuestra Comunidad se realizarán por parte de la Unidad de Observatorio de Empleo, dependiente del Servicio Navarro de Empleo, según se recoge en los artículos 11.1 y 27, del Decreto Foral 148/1998, de 29 de abril.

Por otro lado, se constituirá una Unidad administrativa encargada de reconocer y certificar las cualificaciones profesionales obtenidas a través de la experiencia laboral. Esta unidad, que estará adscrita al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, realizará sus funciones siguiendo los criterios técnicos establecidos por parte del futuro Instituto Navarro de las Cualificaciones.

Además de la participación que agentes sociales y Comunidades Autónomas tienen en las políticas de formación profesional de la Administración General del Estado, a través del Consejo General de la Formación Profesional, procede crear un órgano tripartito en nuestra Comunidad, con la finalidad de asesorar al Gobierno de Navarra en...

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