ORDEN FORAL 8/2003, de 5 de febrero, del Consejero de Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria para constituir, mediante pruebas selectivas, una relación de aspirantes Licenciados en Derecho o en Ciencias Políticas y Sociología, para su posterior contratación temporal con el objeto de cubrir los puestos de Secretaría de acuerdo con las necesidades que se produzcan en las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Diversas entidades locales han firmado con el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra un Convenio de encomienda de gestión para la constitución y gestión de una relación de aspirantes a la contratación interina con el objeto de cubrir los puestos de Secretaría.

Con el fin de dar cumplimiento a dicha encomienda, el Consejero de Administración Local ha aprobado una convocatoria para constituir, mediante pruebas selectivas, una relación de aspirantes Licenciados en Derecho o en Ciencias Políticas y Sociología, para su posterior contratación temporal con objeto de cubrir los puestos de Secretaría de acuerdo con las necesidades que se produzcan en las entidades locales de Navarra hasta el día 15 de mayo de 2007.

B A S E S

  1. _Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes Licenciados en Derecho o en Ciencias Políticas y Sociología para cubrir temporalmente los puestos de Secretaría en los supuestos previstos en el artículo 235.3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

  2. _Quienes superen dichas pruebas pasarán a formar parte de una relación de aspirantes a la contratación interina para cubrir los puestos de Secretaría, por el orden de puntuación obtenida.

    En caso de que sea necesario realizar nuevas convocatorias antes del 15 de mayo de 2007, las sucesivas relaciones de aprobados formarán una única lista situándose el primer puesto de cada relación a continuación del último puesto de su precedente inmediata.

  3. _Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias:

    1. Estar en posesión del título oficial de Licenciado en Derecho o en Ciencias Políticas y Sociología o del resguardo acreditativo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

    2. Tener nacionalidad española y ser mayor de edad.

    3. No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

    4. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

    El cumplimiento de estos requisitos se acreditará en la forma establecida en las bases 5 y 12.

  4. _Las solicitudes para participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Departamento de Administración Local, sito en Parque Tomás Caballero, número 1-3.ª planta, de Pamplona, en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I.

  5. _A la solicitud deberán adjuntarse los siguientes documentos:

    1. Documentación original o copias compulsadas notarial o administrativamente, de cuantos méritos sean alegados por los aspirantes, a tenor del baremo establecido en esta convocatoria.

    2. Copias debidamente compulsadas del título oficial, o en su caso del resguardo acreditativo de haber satisfecho los derechos para su obtención y del Documento Nacional de Identidad, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 3, letras a) y b).

  6. _La relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública en el Tablón de Anuncios del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

    Dentro de los cinco días naturales siguientes los aspirantes podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, salvo lo dispuesto en la Base 10 de esta convocatoria, en cuanto a los méritos.

    Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, se hará pública por el mismo sistema la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

  7. _El Tribunal que realizará el proceso de selección estará formado por los siguientes miembros:

    Presidente: Don Carlos Hernández Hernández, Director del Servicio de Asesoramiento y Cooperación con las Entidades Locales del...

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