ORDEN FORAL 14/2010, de 4 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 79/2008, de 28 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se constituye la Mesa de Padres y Madres de Alumnos de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Orden Foral 79/2008, de 28 de mayo, del Consejero de Educación, con objeto de dar una mayor presencia a padres y madres de alumnos en la comunidad educativa, constituyó la Mesa de Padres y Madres de Alumnos de la Comunidad Foral de Navarra como órgano colegiado de información, estudio, discusión y seguimiento de aquellos asuntos que afecten a cuestiones propias del sistema educativo.

La citada Orden Foral establece en el artículo 4.º de su Anexo la composición de la Mesa de Padres y Madres de Alumnos de la Comunidad Foral Navarra y el artículo 6.º del mismo regula la convocatoria y sesiones.

Visto el informe favorable del Director del Servicio de Ordenación Académica y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la modificación del Anexo de la Orden Foral 79/2008, de 28 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se constituye la Mesa de Padres y Madres de Alumnos de la Comunidad Foral de Navarra, que comprenderá las siguientes variaciones:

    1.1. Se modifica el artículo 4.º del Anexo, quedando con el siguiente contenido:

    Artículo 4.º Composición.

    La Mesa de Padres queda constituida por los siguientes miembros:

    a) El Consejero de Educación, que actuará como Presidente.

    b) Los Directores Generales del Departamento de Educación uno de los cuales, designado por el Consejero de Educación, actuará como Vicepresidente, asumiendo las funciones del Presidente en caso de ausencia del mismo.

    c) Dos representantes del Departamento de Educación designados por el Consejero de Educación en función de los asuntos a tratar.

    d) Un miembro por cada una de las Federaciones de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos existentes en la Comunidad Foral de Navarra, incluidas en el Censo de Asociaciones y Federaciones del Departamento de Educación, con mayor número de familias afiliadas a las respectivas asociaciones, hasta alcanzar el número de seis vocales.

    Las Federaciones designarán un suplente que acuda a las reuniones en ausencia del representante.

    De no alcanzarse dicho número, las Federaciones por orden de su representatividad en los términos del apartado anterior, designarán un representante más, hasta alcanzar la citada cifra.

    e) Aquellas personalidades de reconocido prestigio en el mundo educativo o representantes de entidades u organizaciones vinculadas con la educación que sean designadas por el Consejero de...

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