ORDEN FORAL 39/2014, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se aprueba el texto del Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y la Universidad Pública de Navarra para la acreditación del alumnado universitario en lenguas extranjeras.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Departamento de Educación tiene entre sus objetivos estratégicos el impulso del conocimiento de lenguas extranjeras, especialmente el inglés, y su acreditación, como eje de motivación para el aprendiz e instrumento que permite medir y valorar en el ámbito institucional y laboral la competencia real de los ciudadanos. La acreditación en lenguas se ha convertido en un instrumento de acceso al mercado laboral. El Departamento de Educación, en sintonía con dicho objetivo, desarrolla programas educativos para la mejora de la formación en lenguas extranjeras del alumnado navarro de etapas no universitarias, así como para su acreditación en los niveles B1 y B2 a través del programa de colaboración con Secundaria que coordina la EOIDNA.

El Departamento de Educación y la Universidad Pública de Navarra coinciden en el interés de la colaboración entre ambas instituciones para establecer líneas de trabajo que optimicen los recursos destinados al aprendizaje de lenguas y que favorezcan la movilidad y empleabilidad del alumnado universitario, facilitando el acceso del egresado a certificaciones oficiales de competencia en lenguas extranjeras.

A la vista de los niveles de competencia en lenguas extranjeras alcanzados por parte del alumnado de Secundaria, se considera estratégico promover la certificación de los niveles B2 y C1 por su interés en el ámbito laboral.

El Director del Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas presenta un informe proponiendo el texto del Convenio que ha de regir la colaboración entre la Dirección General de Educación, Formación Profesional y Universidades y la Universidad Pública de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por la disposición adicional segunda punto segundo del Decreto Foral 132/2011, de 24 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

ORDENO:

  1. Avocar la competencia del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades para la aprobación y firma de un Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y la Universidad Pública de Navarra, que tenga por objeto la acreditación del alumnado universitario en lenguas extranjeras.

  2. Aprobar el texto del Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y la Universidad Pública de Navarra para la acreditación del alumnado universitario en lenguas extranjeras, que figura como Anexo a esta Orden Foral.

  3. Publicar esta Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

  4. Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Idiomas y Enseñanzas Artísticas, a la Sección de Inglés y Otras Lenguas Extranjeras y a la Universidad Pública de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 14 de mayo de 2014.–El Consejero de Educación, José Iribas Sánchez de...

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