ORDEN FORAL 300/2008, de 12 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se reconoce oficialmente a la Asociación de criadores de Betizu de Navarra (ASBENA), para llevar la gestión del libro genealógico de la raza vacuna Betizu.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Real Decreto 391/1992 de 21 de abril, regula el reconocimiento oficial de las asociaciones de criadores de animales de raza que gestionen o creen libros genealógicos, e indica los requisitos que deben cumplir estas asociaciones para ser reconocidas.

Navarra ostenta, en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, según se establece en el artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA).

La Orden Foral 179/2007, de 4 de junio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, reconoce el estándar racial de la raza vacuna Betizu, y crea el libro genealógico de la misma, citando las obligaciones que deben cumplir las asociaciones que lleven la gestión del libro genealógico.

La Asociación de criadores de Betizu de Navarra (ASBENA), solicita ser considerada entidad colaboradora del Departamento Desarrollo Rural y Medio Ambiente, para llevar la gestión del libro genealógico de la raza vacuna Betizu por cumplir los requisitos exigidos para su reconocimiento.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el Artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su...

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