ORDEN FORAL 17/2003, de 28 de enero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueban las cuantías de Renta Básica para el año 2003 y se actualizan los módulos estandarizados que se recogen en la Orden Foral 58/1999, de 17 de agosto.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
El Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, por el que se regula la Renta Básica, establece en su artículo 3.º el importe de la Renta Básica de la Unidad Perceptora, disponiendo en el apartado 3 del citado artículo, que anualmente se regulará la cantidad mínima a percibir, que no será inferior al 7% del Salario Mínimo Interprofesional.
El mismo Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, en su artículo 4.2.1.d) señala que se establecerán módulos estandarizados para estimar los rendimientos por actividad laboral irregular. Módulos que fueron aprobados por la Orden Foral 58/1999, de 17 de agosto en su Anexo II.
Por cuanto antecede y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud,
ORDENA:
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Aprobar las cuantías de Renta Básica a percibir por Unidad perceptora durante el año 2003, previstas en el artículo 3.º del Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, de acuerdo con la siguiente tabla de importes:
S.M.I. anual: 6.316,8 euros.
S.M.I. mensual: 451,20 euros.
Tabla de importes
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persona 75% S.M.I. 338,40 euros
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persona 90% S.M.I. 406,08 euros
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persona 100% S.M.I. 451,20 euros
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persona 110% S.M.I. 496,32 euros
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persona 120% S.M.I. 541,44 euros
6 ó más 125% S.M.I. 564,00 euros
Cantidad máxima a percibir por Unidad Perceptora: 125% del S.M.I., 564 euros.
Cantidad mínima a percibir por Unidad Perceptora: 7% del S.M.I., 31,58 euros.
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Actualizar las cuantías de los Módulos estandarizados del Anexo II de la Orden Foral 58/1999, en relación a la subida del S.M.I. en los años 2000 a 2003, que supone un incremento total del 6,21%.
Rendimientos por actividad laboral irregular
ACTIVIDAD INTENSIDAD EUROS
Recogida de chatarra y cartón Mes De 95,75 a 127,67
Recolección de algas o caracoles Mes De 31,92 a 63,83
Trabajos agrícolas (temporeros) Día 31,92
Empleada de hogar Hora 5,11
Otras actividades Mes De...
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