ORDEN FORAL 1409/1997, de 2 de diciembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda de Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de restauración de la cubierta vegetal y control de la erosión mediante repoblación forestal en Fitero.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1409/1997, de 2 de diciembre, de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda de Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de restauración de la cubierta vegetal y control de la erosión mediante repoblación forestal en Fitero.Boletín Oficial de Navarra Número 5 - Fecha 12/01/1998

El Real Decreto legislativo 1308/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1989, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte, para la realización o en su caso autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

La Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre, amplía la lista de actividades sometidas a esta tramitación, con la inclusión en la misma de las transformaciones de uso del suelo que impliquen eliminación de la cubierta vegetal, arbustiva o arbórea y, en todo caso, cuando dichas transformaciones afecten a superficies superiores a cien hectáreas.

Se presenta el proyecto de restauración de la cubierta vegetal y control de la erosión mediante repoblación forestal en Fitero, con el fin de someterlo al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto pretende restaurar la cubierta vegetal y controlar la erosión mediante repoblación forestal en áreas fuertemente degradadas como consecuencia de los usos tradicionales. La masa arbórea que se consiga tendrá un carácter protector. Las especies escogidas para su introducción son: el pino de Alepo (Pinus halepensis), la encina (Quercus ilex, rotundifolia) y varias especies arbustivas. La actuación respetará los pies arbóreos aislados existentes en la superficie a repoblar así como los arbustos de porte medio y alto y las áreas con mayor cobertura de vegetación.

Al objeto de integrar las actuaciones en el medio, se dejarán sin intervenir bandas homogéneamente distribuidas en las zonas de cotas más elevadas, así como los enclaves de cultivos particulares. Las zonas de repoblación se defenderán con cercas. Para compensar la reducción de superficie de pastos se creará una pradera mediante siembra de pratenses. La superficie total afectada por el proyecto es de 289 hectáreas.

Tanto el proyecto como el estudio de impacto ambiental han...

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