DECRETO FORAL 272/2004, de 9 de agosto, por el que se modifica el currículo del Ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 272/2004, de 9 de agosto, por el que se modifica el currículo del Ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El propósito del presente Decreto Foral es modificar el currículo del ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 35, señala que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los títulos correspondientes a los estudios de formación profesional. La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, determina en su artículo 8 que corresponde al Gobierno fijar las enseñanzas comunes que constituyen los elementos básicos del currículo para todo el Estado, con el fin de garantizar una formación común a todo el alumnado y la validez de los títulos correspondientes. Así mismo, señala que es competencia de las Administraciones Educativas establecer el currículo para el territorio de su competencia.

Una vez publicado el Real Decreto 1659/1994, de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y las correspondientes enseñanzas mínimas ("Boletín Oficial del Estado" 30-9-1994) y el Decreto Foral 258/1996, de 24 de junio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BOLETIN OFICIAL de Navarra 27-12-1996), y considerando las directrices generales establecidas en el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo ("Boletín Oficial del Estado" 8-5-1998), el Real Decreto 362/2004 ("Boletín Oficial del Estado" 26-3-2004), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica, y la Disposición final segunda de la Ley Orgánica 10/2002 de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación ("Boletín Oficial del Estado" 24-12-2002) y teniendo en cuenta, además, lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el Real Decreto 1070/1990, de 31 de agosto, por el que se aprueba el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Enseñanzas no Universitarias a la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de la misma establecer el currículo para el ámbito territorial de su competencia.

La formación profesional tiene como finalidad la preparación del alumnado para la actividad en un campo profesional, proporcionándole una formación polivalente que le permita adaptarse a las modificaciones laborales que puedan producirse a lo largo de suvida. Por este motivo, y transcurridos ya ocho años desde la aprobación del título de Técnico Superior en Administración y Finanzas, se hace precisa una actualización que permita a estos profesionales responder a las necesidades que el entorno productivo demanda en el momento presente y a las que se prevén para el inmediato futuro.

Por otra parte, se han desarrollado diversas normas de ámbito estatal que afectan a la ordenación de la formación profesional y que es preciso incorporar a la normativa propia de cada Comunidad Autónoma

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en la sesión celebrada el día nueve de agosto de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente Decreto Foral, que modifica el currículo para las enseñanzas de formación profesional vinculadas con el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas, será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 2 Modificaciones del articulado.

Se modifican los artículos 4.º, 5.º, 8.º, 9.º, 10, 14 y 15 del Decreto Foral 258/1996, de 24 de junio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas quedando redactados de la siguiente manera:

"Artículo 4.º Las enseñanzas correspondientes al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas se organizan en los siguientes módulos profesionales.

  1. Formación en el centro educativo:

    _Gestión de aprovisionamiento.

    _Gestión financiera.

    _Recursos humanos.

    _Contabilidad y fiscalidad.

    _Gestión comercial y servicio de atención al cliente.

    _Administración pública.

    _Productos y servicios financieros y de seguros.

    _Auditoría.

    _Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados.

    _Proyecto empresarial.

    _Gestión integrada en la empresa.

    _Formación y orientación laboral.

  2. Formación en los centros detrabajo:

    _Formación en centro de trabajo."

    "Artículo 5.1. Las especialidades del profesorado que deben impartir cada uno de los módulos profesionales que constituyen el currículo de las enseñanzas del título de formación profesional de Técnico Superior en Administración y Finanzas se incluyen en el Anexo 2 del presente Decreto Foral, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1635/1995, de 6 de octubre, por el que se adscribe el profesorado de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional a las especialidades...

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