DECRETO FORAL 129/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 8/2015, de 22 de julio, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 142, de 23 de julio, modificado por el Decreto Foral de la Presidenta 23/2015, de 10 de agosto, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 156, de 12 de agosto, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento.

Asimismo, por Decreto Foral 55/2015, de 12 de agosto, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 157, de 13 de agosto, se estableció la estructura básica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

El presente decreto foral tiene por objeto, en consecuencia, la fijación y desarrollo de la nueva estructura orgánica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, y de conformidad con el la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiocho de agosto de dos mil quince,

DECRETO:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 7
Artículo 1 Ámbito competencial del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

Corresponde al Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a la política lingüística; políticas de igualdad entre hombres y mujeres; políticas de paz, convivencia y derechos humanos; estudios estratégicos; políticas de participación ciudadana; las funciones de Portavocía del Gobierno; el apoyo a la Presidencia; relaciones con el Parlamento y con otras Instituciones forales, autonómicas, nacionales y europeas; protección, desarrollo y fomento de la imagen institucional del Gobierno de Navarra; participación en las instituciones de la Unión Europea; Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas; coordinación de la política informativa; atención ciudadana; medios de comunicación social; presencia del Gobierno de Navarra en Internet y las redes sociales; relaciones con las personas navarras que viven fuera de la Comunidad Foral, Casas y Centros Regionales; así como el resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.

Artículo 2 Persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.
  1. A la persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, en relación con el ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente decreto foral, le corresponde el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

  2. En particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes atribuciones materiales de competencias:

    1. La aprobación de las convocatorias de subvenciones y sus correspondientes bases reguladoras.

    2. La firma de convenios de colaboración y de los convenios y acuerdos de cooperación con el Estado, las comunidades autónomas y otras administraciones públicas.

    3. La aprobación de planes de actuación conjunta con otras administraciones en el ámbito de su competencia.

    4. Las funciones de Portavocía del Gobierno de Navarra, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

  3. Igualmente corresponde a la persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, la presidencia del Consejo Navarro del Euskera/Euskararen Nafar Kontseilua.

  4. Como unidad de apoyo político y técnico de la persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, existe en el Departamento un Gabinete, sujeto a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y dependiente directamente de la persona titular del Departamento.

Artículo 3 Organización general del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.
  1. El Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos:

    1. Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales.

    2. Dirección General de Paz, Convivencia y Derechos Humanos.

    3. Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

    4. Secretaría General Técnica del Departamento.

  2. El organismo autónomo Euskarabidea-Instituto Navarro del Vascuence queda adscrito al Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales y se regirá por sus Estatutos.

  3. El organismo autónomo Instituto Navarro para la Igualdad queda adscrito al Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales y se regirá por sus Estatutos.

Artículo 4 Atribuciones de las Direcciones Generales.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2.2. del presente decreto foral, corresponde a las Direcciones Generales del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento, y en el ámbito material asignado a cada una de ellas en este Decreto Foral, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 22 y en la disposición final primera de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como cualquier otra que les atribuyan las disposiciones vigentes o les encomiende la persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales.

Artículo 5 Atribuciones de la Secretaría General Técnica.

Corresponde a la Secretaría General Técnica del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, con relación al ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente decreto foral, y bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales a la cual se encuentra adscrita directamente la Secretaría General Técnica, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 23 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en el Decreto Foral 29/2005, de 21 de febrero, por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas, incluidas las previstas en su artículo ocho, así como cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes o le encomiende la persona titular del Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, dictando las resoluciones que deban ser adoptadas en su ejercicio.

Artículo 6 Atribuciones de los Servicios.

Corresponde a los Servicios, bajo la dirección de los órganos superiores del Departamento y en el ámbito material asignado a cada uno de ellos en este decreto foral, el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las secciones o unidades orgánicas de ellos dependientes, la promoción e impulso de la aplicación de los principios de agilidad, racionalización y simplificación de los procedimientos, así como cualquier otra que les atribuyan específicamente las disposiciones vigentes o les sean desconcentradas o delegadas por los órganos competentes del Departamento.

Artículo 7 Atribuciones de las Secciones.

Corresponde a las Secciones, bajo la dirección de los órganos superiores del Departamento y en el ámbito material asignado a cada una de ellas en este Decreto Foral, el ejercicio de las funciones de ejecución, informe y propuesta al superior jerárquico de las cuestiones pertenecientes a su ámbito material, la coordinación, dirección y control de las actividades desarrolladas por los negociados o unidades de ellas dependientes, así como las que les sean encomendadas por los órganos competentes del Departamento.

CAPÍTULO II Artículos 8 a 21

Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales

SECCIÓN 1ª Artículos 8 y 9

Ámbito material de competencias y estructura

Artículo 8 Ámbito material de competencias de la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales.

La Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales ejercerá las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación a las siguientes materias:

  1. Coordinación de las políticas informativas de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

  2. Apoyo a la persona titular del Departamento en el ejercicio de sus funciones de Portavocía del Gobierno de Navarra.

  3. Relaciones con los medios de comunicación.

  4. Servicios de comunicación audiovisual.

  5. Presencia del Gobierno de Navarra y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en Internet.

  6. Presencia del Gobierno de Navarra y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las redes sociales y en otros medios que posibiliten las tecnologías de la comunicación.

  7. Información, atención y participación ciudadana.

  8. Catálogo de servicios y trámites de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

  9. Divulgación de la identidad de Navarra.

  10. Publicidad institucional.

  11. Ordenación de pagos.

  12. La articulación y fomento de las relaciones con el Parlamento de Navarra y con otras Instituciones forales, autonómicas, nacionales e internacionales.

  13. La representación de la Comunidad Foral de Navarra en los foros, comités, asambleas y organismos nacionales y europeos, sin perjuicio de las competencias de la Administración General del Estado y del resto de Departamentos del Gobierno de Navarra.

  14. Coordinación de las relaciones entre los Gabinetes de las personas titulares de los...

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