DECRETO FORAL 19/2019, de 6 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
PREÁMBULO

El Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado mediante Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, regula en el Capítulo VII del Título II, referido a los funcionarios públicos, la provisión de puestos de trabajo. Esta regulación se desarrolla en el vigente Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, cuyo Título II, a su vez, se dedica a la provisión de puestos de trabajo reservados a los funcionarios y, más en concreto, la Sección 2.ª, del Capítulo II, contiene las disposiciones relativas a la provisión de puestos de trabajo mediante el concurso de traslado.

Dicho Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, se dicta con fundamento en la habilitación contenida en la disposición adicional primera 3.º de la Ley Foral 13/1983, de 30 de marzo, reguladora del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, que establecía que, sin perjuicio de la potestad para dictar las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo y ejecución del Estatuto, la Diputación Foral había de aprobar un Reglamento de provisión de puestos de trabajo. Derogada expresamente la Ley Foral 13/1983 por el vigente Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Publicas de Navarra, el Decreto Foral 215/1985 ha mantenido vigencia y constituye el desarrollo reglamentario del actual Estatuto del Personal en materia de provisión de puestos de trabajo.

El apartado 3 del artículo 8 del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, determina en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos las unidades orgánicas que constituyen los ámbitos de movilidad voluntaria de los funcionarios mediante el procedimiento del concurso de traslado. Así, el artículo 8.3.c) del antedicho reglamento señala que éste será el procedimiento de movilidad voluntaria “entre los...

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