DECRETO FORAL 67/2017, de 5 de julio, por el que se modifica el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

El Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Transcurrido el tiempo desde la aprobación de este decreto foral, la experiencia adquirida aconseja adaptar la estructura y distribución organizativa de algunas unidades.

En concreto, y en el área de las nuevas tecnologías, la evolución técnica y administrativa exige una adaptación estructural. Las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suponen un impulso definitivo y una exigencia ineludible y perentoria para la implantación de la administración electrónica, tarea a la que se debe destinar una unidad orgánica con plena dedicación. Por otra parte, se ha hecho patente la necesidad de dedicar una unidad orgánica específica a los proyectos y funcionalidades de la Hacienda Tributaria de Navarra, dado que las exigencias de ésta son diferentes a las de la mayoría de las demás áreas sectoriales. Mientras que la actividad tributaria (inspectora, gestora, económica) es altamente garantista y exigente en seguridad y control (representación, declaraciones, pagos, comunicaciones con alto impacto económico, etc.), las del resto de unidades son menos exigentes al respecto, mientras que precisan dar más importancia a otras variables como la personalización, actualización, usabilidad o rapidez, elementos penalizados con soluciones garantistas.

Dado que hasta ahora los proyectos de la Hacienda Tributaria de Navarra estaban englobados (junto con las tareas generales de implantación de la administración electrónica) dentro de la Sección de Procedimientos Electrónicos, del Servicio de Sistemas de Información Corporativos, resulta necesario separar el ámbito de la Hacienda Tributaria creando una sección específica para dicha área, denominada Sección de Proyectos de Sistemas de Información en las Áreas de Hacienda y Política Financiera, y modificando la anterior Sección de Procedimientos Electrónicos, que pasa a denominarse Sección de Administración Electrónica...

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