ORDEN FORAL 426/1996, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se resuelve definitivamente la Convocatoria de Becas y Ayudas para Estudios Musicales y de Danza, del curso 1995/96.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Orden Foral 63/1996, de 27 de febrero (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 39, de 29 de marzo de 1996), se aprobó la Convocatoria de Becas y Ayudas para Estudios Musicales y de Danza del curso 1995/96.

Por Resolución 669/1996, de 24 de junio, del Director General de Educación, se resolvió provisionalmente dicha Convocatoria y el Servicio de Inversiones ha realizado las gestiones oportunas para las órdenes de pago de las becas y ayudas concedidas en la misma.

El 23 de agosto de 1996 finalizó el plazo para que los interesados presentasen solicitud de revisión a la Resolución provisional.

En cumplimiento de la Norma 10.3 y 4 de la citada Convocatoria y en virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. :ºElevar a definitivas las concesiones y denegaciones de Becas y Ayudas para Estudios Musicales y de Danza para el curso 1995/96 que fueron resueltas provisionalmente por la Resolución 669/1996, de 24 de junio, del Director General de Educación, salvo las excepciones que se incluyen en los Anexos I y II a la presente Orden Foral de becas y ayudas concedidas y denegadas, respectivamente, que modifican a las incluidas en la mencionada Resolución provisional.

  2. Las concesiones y denegaciones incluidas en los Anexos I y II de la presente Orden Foral también tienen carácter de definitivas y dichos Anexos serán expuestos en los tablones de anuncios de las siguientes dependencias:

    -Negociado de Información y Documentación de la Dirección General de Educación, calle Santo Domingo, s/n., Pamplona.

    -Oficina de Información al Público del Gobierno de Navarra, Avenida Carlos III, 2, Pamplona.

  3. Los interesados que se consideren lesionados en sus posibles derechos podrán presentar recurso ordinario ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR