ORDEN FORAL 302/1996, de 5 de julio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 1996-97.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 302/1996, de 5 de julio, del Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se convocan Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 1996-97.Boletín Oficial de Navarra Número 91 - Fecha 29/07/1996

El Servicio de Ordenación Académica e Innovación Educativa presenta informe proponiendo la aprobación de una convocatoria de Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso escolar 1996-97, cuyo objeto es ayudar a sufragar, respectivamente, los gastos originados por seguir enseñanzas en Centros de Educación Especial y por la atención, fuera del Centro Escolar, de necesidades educativas especiales que no puedan ser atendidas en el propio Centro, a alumnos de niveles de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria.

En consecuencia y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 36.2 apartados c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar la convocatoria de Becas y Ayudas de Educación Especial para el curso 1996-97, de acuerdo con las bases que figuran en el Anexo.

  2. Autorizar que la Resolución de la presente convocatoria se haga por la Dirección General de Educación y que el pago de las Becas y Ayudas concedidas se haga con cargo a la Partida 41240-4809-4225, Línea 13630-0, denominada "Becas y ayudas a la Educación Especial" del Presupuesto de Gastos para 1996. En el caso de las solicitudes que se presenten en el mes de enero, el pago se hará con cargo a la línea que con ese fin se habilite en el Presupuesto de Gastos para 1997.

  3. Publicar la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. Trasladar la presente Orden Foral al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a la Dirección General de Educación, al Señor Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, al Servicio de Ordenación Académica e Innovación Educativa, a la Sección de Promoción y Extensión Educativas, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica, al Negociado de Gestión Económica, a la Unidad Técnica de Educación Especial y a la Unidad Técnica de Orientación Escolar, a los efectos oportunos.

Pamplona, cinco de julio de mil novecientos noventa y seis.-El Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, Pedro Burillo López.

A N E X O

Bases

Primera.-Tipos de Becas y Ayudas que se convocan.

  1. Las Becas de Educación Especial contempladas en la presente convocatoria tienen por objeto ayudar a los solicitantes que lo precisen a sufragar el gasto originado por seguir estudios de cualquier nivel o grado en Centros de Educación Especial durante el curso escolar 1996-97.

    Los conceptos por los que pueden solicitarse estas Becas son:

    1. Comedor.

    2. Transporte.

    Siempre que estos servicios no estén subvencionados por alguna Entidad u Organismo.

  2. Las Ayudas de Educación Especial contempladas en la presente convocatoria tienen por objeto ayudar a los solicitantes que lo precisen a sufragar el gasto originado durante el curso escolar 1996-97 por la atención, fuera del Centro escolar, de necesidades educativas especiales, a alumnos escolarizados en los niveles de Educación Infantil, Primaria y E.S.O., quedando excluidas todas aquellas problemáticas susceptibles de ser tratadas desde adaptaciones curriculares en el propio centro.

    Los conceptos por los que pueden solicitarse estas Ayudas son:

    1. Apoyo a necesidades educativas especiales.

    2. Transporte.

    Segunda.-Destinatarios de las Becas y Ayudas convocadas.

  3. Podrán solicitarse Becas de Educación Especial para los alumnos con discapacidad física, psíquica o sensorial que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener la residencia familiar en Navarra en la fecha de la solicitud.

    2. Tener cumplidos los tres años y no rebasar los veintiuno a 31 de diciembre de 1996.

    3. Disponer de plaza de interno, mediopensionista o externo en un Centro de Educación Especial.

  4. Podrán solicitarse Ayudas de Educación Especial para los alumnos escolarizados en los niveles de Educación Infantil, Primaria y E.S.O. que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener la residencia familiar en Navarra en la fecha de la solicitud.

    2. Tener cumplidos los tres años y no rebasar los dieciséis a 31 de diciembre de 1996.

    3. Presentar necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad que requieran una atención educativa especializada y que...

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