ORDEN FORAL de 3 de agosto de 1998, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se designa la Mesa de Contratación que debe actuar en la adjudicación, mediante concurso, de ocho estudios de asistencia sobre la zona de Objetivo número 5b) de Navarra y se ordena la publicación de su composición en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL de 3 de agosto de 1998, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se designa la Mesa de Contratación que debe actuar en la adjudicación, mediante concurso, de ocho estudios de asistencia sobre la zona de Objetivo número 5b) de Navarra y se ordena la publicación de su composición en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.Boletín Oficial de Navarra Número 100 - Fecha 21/08/1998

El artículo 3 de la Decisión de la Comisión C(94) 2903, de 9 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el Documento Unico de Programación de las intervenciones estructurales comunitarias de la Comunidad Foral de Navarra correspondientes al Objetivo número 5b) (1994-99), establece que una parte de los créditos generados por la indización, que no deberá sobrepasar el 1,5% de los gastos públicos subvencionables del DOCUP, puede ser asignada por el Comité de Seguimiento a proyectos de asistencia técnica.

El Comité de Seguimiento del Programa Operativo de la zona de Objetivo número 5b) de Navarra acordó, en sus reuniones de 20 de mayo de 1996 y 26 de junio de 1997, que se llevaran a cabo varios estudios de asistencia, cofinanciados por la Unión Europea con el 75% del gasto público.

Mediante las correspondientes Ordenes Forales se ha aprobado la realización de ocho estudios con sus presupuestos de contrata, los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regularán la realización de los trabajos y ordenado el inicio de la tramitación del expediente de contratación, declarando que la forma de adjudicación sea el procedimiento abierto mediante concurso, conforme a lo establecido en la Sección 2.ª, Capítulo IV, Título V (artículos 88 a 95) de la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra.

En el artículo 69, punto 1, de dicha Ley Foral se establece la composición de la Mesa de Contratación, cuyos miembros serán elegidos entre el personal al servicio de la Administración por el órgano de contratación competente. Asimismo, en el punto 3 del mencionado artículo se indica que la designación de los miembros de la Mesa podrá hacerse de manera específica para la adjudicación de varios contratos, en cuyo caso su composición deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Visto el informe de la Sección de aplicación y seguimiento de la PAC.

Vista la Ley Foral 10/1998, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra, y en virtud de las...

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