Edicto

SecciónVI - Administración de Justicia
Rango de LeyEdicto

E D I C T O

Doña María Gracia Fernández Morán, Secretaria del Juzgado de lo Social número Treinta y Cinco de los de Madrid y su Provincia.

Hago saber: Que en las presente actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de Ansar Zhamlijanov Mujtiarov contra Patlor Música, S.L., Lorenzo Rabal Fuentes, Patricio González López, Saioa González Erro, Carmen Coral Ayuso y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número 548/2001 se ha dictado sentencia del tenor que consta en la copia que se adjunta, que por el presente se publica, es del tenor literal siguiente.

"Sentencia número 33/2002. En Madrid, a cinco de febrero de dos mil dos. Vistos por la ilustrísima señora Magistrado, Juez del Juzgado de lo Social número Treinta y Cinco, doña Emilia Ruiz-Jarabo Quemada, los presentes autos número D-548/2001, seguidos a instancia de Ansar Zhamlijanov Mujtiarov, que comparece asistido de Letrado don Juan Ignacio Gutiérrez Crespo, contra Patlor Música, S.L., Lorenzo Rabal Fuentes, Patricio González López, Saioa González Erro y Carmen Corral Ayuso, que no comparecieron al acto de juicio y el Fondo de Garantía Salarial, representado por la Letrado doña Begoña Criado Escalonilla, en reclamación sobre cantidad, en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia:

Antecedentes de hecho.

Primero: Por Ansar Zhamlijanov Mujtiarov con su escrito de fecha 13 de julio de 2001, se pasó a promover demanda de reclamación de cantidad contra Patlor Música, S.L., Lorenzo Rabal Fuentes, Patricio González López, Saioa González Erro, Carmen Corral Ayuso y el Fondo de Garantía Salarial, en la que por medio de párrafos separados exponía los hechos en los que fundaba su pretensión, hacía alegación de los Fundamentos de Derechos que entendía aplicables al caso y finalizaba con la suplica de que, tras su legal tramitación, se dictase sentencia en la que se condene a los demandados a pagar al actor la cantidad reclamada.

Segundo: Que turnada a este Juzgado la demanda en fecha 18 de julio de 2001, y tras su admisión a tramite, se concluyó señalando la audiencia de día 4 de febrero de 2002 para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, teniendo lugar el acto del juicio, tras el cumplimiento de las exigencias legales, el día fijado, en la que la parte actora se afirmó y ratificó en la demanda, oponiéndose la demandada, según es de ver en el acta levantada al efecto y recibido el juicio a prueba, se practicaron las...

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