Edicto. Procedimiento 821/2012

SecciónVI - Administración de Justicia
Rango de LeyEdicto

Doña Aránzazu Chocarro Úcar Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Siete de Pamplona.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 821/2012 a instancia de Banco Popular Español contra don Jesús Ignacio Perez Surrio, doña Maria Azucena Loriz Salazar, Herencia Yacente y herederos desconocidos de doña Maria Angeles Surrio Ardaiz sobre Ejecución Hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

Urbana, Dieciséis. Piso Octavo Izquierda de la casa número 9 de la Plaza de Pío Baroja, bloque III-C. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Pamplona, finca número 4702, tomo 805, libro 77, folio 10.

Valor de tasación es de 212.792,35 euros.

La subasta tendrá lugar el día 24 de abril de 2014 a las diez horas.

Información y condiciones de la subasta:

  1. La certificación registral y, en su caso, la titulación del bien que se subasta se encuentra de manifiesto en la sede de esta Oficina judicial.

  2. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

  3. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

  4. Para tomar parte en la subasta los postores deberán:

    1. Identificarse de forma suficiente.

    2. Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la Subasta.

    3. Presentar resguardo de que han depositado, previamente, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano número 2757 0000 06 082112 en la entidad Banco Santander o de que han prestado aval bancario por el 5 por 100 del valor de la finca a efecto de subasta. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo. Finalizado el acto de la subasta se devolverán las cantidades depositadas, excepto la que corresponda al mejor postor y la de aquellos postores que expresamente lo soliciten para que, si el rematante no depositase en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a su favor.

  5. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán...

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