ORDEN FORAL 74/2010, de 10 de marzo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para inversiones destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en centros de servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, para el año 2010.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

En virtud del Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Política Social, y la Comunidad Foral de Navarra, de 13 de octubre de 2009, se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la dinamización de la Economía y del Empleo regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones vinculadas con la atención a la dependencia. (Plan E).

En el Anexo I del citado Convenio de Colaboración se destinan del Fondo Especial 150.000 euros para cumplimiento de condiciones de acreditación.

El artículo 81.2 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, contempla la posibilidad de priorizar por el Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, la concesión de subvenciones para obtener la homologación prevista en la citada Ley Foral.

La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones constituye el marco regulador común para todo tipo de ayudas públicas y en ella se establecen los principios generales, conceptos, criterios, competencias, obligaciones y responsabilidades, así como el procedimiento de concesión, gestión y control.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria de subvenciones para inversiones destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en centros de servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra que actúen en el ámbito de la dependencia, sin ánimo de lucro, para el 2010.

  2. Autorizar un gasto, condicionado a la existencia de consignación presupuestaria suficiente, por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros) con cargo a la partida 900001 91500 7800 231000, denominada Subvenciones para inversiones de homologación, del presupuesto de gastos de 2010 E-10/000026-01.

  3. Ordenar la publicación de las bases de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

  4. Trasladar esta Orden Foral a la Dirección General Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, al Negociado de Asuntos Administrativos de la Sección de Coordinación y Gestión Administrativa, al Centro Contable, y al Servicio de Calidad e Inspección, a los efectos oportunos.

Pamplona, 10 de marzo de 2010.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO I

Bases de la convocatoria de subvenciones para la eliminación de barreras arquitectonicas en centros de Servicios Sociales

  1. Objeto y finalidad.

    La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de inversiones durante el año 2010 al objeto de favorecer las condiciones arquitectónicas de accesibilidad y adecuación de espacios de los centros y servicios de carácter residencial, que intervengan en el marco de los servicios sociales y en concreto en el ámbito de la dependencia: personas mayores, personas con discapacidad física, personas con discapacidad psíquica y personas con enfermedad mental.

    Ello viene a dar cumplimiento al convenio de colaboración (firmado el 13 de octubre de 2009) entre el Ministerio de Sanidad y Política Social y la Comunidad Foral de Navarra, por el que se transfieren créditos previstos en el Fondo Especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo regulado por Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, destinados a actuaciones de atención a la dependencia.

    Con esta convocatoria se persigue contribuir al cumplimiento de la normativa por parte de los centros y entidades que quieran forman parte del sistema público de servicios sociales mediante la concesión de la homologación regulada en los artículos 76 y siguientes de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

  2. Actuaciones subvencionables.

    Las actividades para las que se solicite subvención deberán adecuarse a alguna de las siguientes acciones:

    1. Aparatos elevadores y plataformas elevadoras.

    2. Construcción de rampas, instalación de pasamanos y barandillas.

    3. Adecuación de espacios: Accesos, puertas, suelos ...

    4. Adaptación de aseos.

    Cada entidad o centro sólo podrá solicitar subvención para una única acción de las anteriormente citadas.

  3. Actuaciones excluidas.

    Quedan excluidas de esta convocatoria las siguientes actividades:

    1. Aquellos elementos que no supongan una supresión de barrera arquitectónica por el hecho de ser ornamentales.

    2. Aquellos que no supongan una supresión de barrera arquitectónica por no ser practicables o adaptados.

    3. Aquellos que formen parte del equipamiento necesario para llevar a cabo la actividad propia del servicio que lo solicita.

    4. Las adaptaciones o elementos (rampas, ascensores, elevadores, plataformas) cuando se trate de obra nueva o de gran reforma, para equipamientos de nueva creación.

    5. Las actuaciones que estuvieran previstas en el presupuesto de la entidad beneficiaria para el pasado año 2009.

  4. Beneficiarios.

    1) Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los centros y servicios de carácter residencial sin ánimo de lucro, que presten sus servicios en el sector de los servicios sociales y en concreto en el ámbito de dependencia: personas mayores, personas con discapacidad física, personas con discapacidad psíquica y personas con enfermedad mental, dentro de la Comunidad Foral de Navarra.

    2) Las entidades y centros solicitantes deberán estar inscritas en el registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Foral de Navarra.

  5. Cuantía de las ayudas.

  6. El importe global de las ayudas será de 150.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 900001 91500 7800 231000, denominada Subvenciones para inversiones de homologación, del presupuesto de gastos de 2010 E-10/000026-01.

  7. La subvención en ningún caso superará el importe del coste presupuestado, con los límites establecidos en el siguiente apartado.

  8. En cualquier caso las cuantías de las subvenciones estarán sujetas a las limitaciones siguientes:

    1. Aparatos elevadores y plataformas elevadoras: Hasta 20.000 euros.

    2. Construcción de rampas, instalación de pasamanos y barandillas: hasta 15.000 euros.

    3. Adecuación de espacios: Accesos, puertas, suelos ..., hasta 15.000 euros.

    4. Adaptación de aseos: Hasta...

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