ORDEN FORAL 170/2008, de 22 de mayo, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se crea el Registro de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción establece en su artículo 6.1 la obligación de crear el Registro de Empresas Acreditadas que dependerá de la Autoridad Laboral competente, entendiéndose por tal la correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el domicilio social de la empresa contratista o subcontratista.

Por su parte, el artículo 3 del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley anteriormente citada, establece la obligación de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, de todas las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción.

Asimismo, la disposición adicional cuarta del mencionado Real Decreto establece la obligación de elaborar un protocolo de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las Comunidades Autónomas para garantizar la adecuada intercomunicación de los Registros de Empresas Acreditadas y el acceso público a los datos de cualquiera de ellos que obren en los Registros de las distintas Comunidades Autónomas.

El Registro de Empresas Acreditadas se configura así como el instrumento que permite acreditar que las empresas que participan en las obras de construcción cuentan con la solvencia y calidad mínimas para intervenir en los procesos de subcontratación al mismo tiempo que permite a las empresas comitentes obtener una mayor seguridad jurídica a través de un certificado de fácil obtención.

Por otra parte, la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra establece en su artículo 33 que "En el caso de inscripciones en registros públicos creados por disposiciones legales o administrativas de la Comunidad Foral de Navarra, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra creará un acceso directo a través del portal web de Internet del Gobierno de Navarra sin obligar al interesado a tener que pasar su solicitud por el Registro General Electrónico".

En este contexto se ha estimado conveniente utilizar, como soporte informático del Registro, la aplicación informática desarrollada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, para lo cual se crea un acceso directo a través del portal web http://www.navarra.es al objeto de que las empresas puedan inscribirse en el mencionado Registro de Empresas Acreditadas.

Así pues, la presente Orden Foral tiene por objeto la creación en la Comunidad Foral de Navarra del Registro de Empresas Acreditadas, su organización y las normas de funcionamiento del mismo, así como el establecimiento del procedimiento administrativo normalizado por medios electrónicos que permita la inscripción directa y la realización de todos los trámites conexos.

De conformidad con el artículo 41.1 g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de esta Orden Foral la creación y regulación en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra del Registro de Empresas Acreditadas previsto en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.

El mencionado Registro, de naturaleza administrativa y de carácter público, estará adscrito a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo o al órgano al que queden atribuidas las competencias en materia de prevención de riesgos laborales.

Artículo 2 Finalidad y funciones del Registro.
  1. El Registro de Empresas Acreditadas de la Comunidad Foral de Navarra tendrá como finalidad garantizar el acceso a la información que corresponda sobre los datos identificativos de las empresas inscritas en el mismo, gozando los datos de carácter personal de la protección y garantías establecidas por la legislación vigente en la materia.

  2. Para cumplir su finalidad, el Registro de Empresas Acreditadas llevará a cabo las siguientes funciones:

  1. Tramitar los procedimientos relativos a las solicitudes de inscripción y renovación, las comunicaciones de variación de datos y las cancelaciones.

  2. Expedir las certificaciones sobre las inscripciones registrales existentes en cualquier Registro relativas a las empresas contratistas y subcontratistas, a...

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