ORDEN FORAL 338/2006, de 3 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se encomienda al Servicio de Patrimonio la instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial referidos al Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 338/2006, de 3 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se encomienda al Servicio de Patrimonio la instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial referidos al Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra.

Mediante Decreto Foral 352/1999, de 13 de septiembre, se creó el Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, adscrito al Departamento de Economía y Hacienda, aprobándose sus Estatutos por Decreto Foral 353/1999, de 13 de septiembre.

Conforme a lo establecido en el artículo 1.º de los citados Estatutos, la Hacienda Tributaria de Navarra es un Organismo Autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

No disponiendo del personal y medios necesarios para llevar a cabo los procedimientos de responsabilidad patrimonial de su competencia se hace necesario instrumentar la colaboración con el Servicio de Patrimonio del Departamento de Economía y Hacienda, mediante la encomienda de gestión.

La encomienda de gestión aparece regulada en el artículo 39 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, como instrumento de colaboración, entre otros, entre distintos órganos de un mismo Departamento, y debe hace mención expresa de las actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada y obligaciones que asuma el órgano encomendado, requiriéndose, además, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR