ORDEN FORAL de 8 de octubre de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se aprueban los programas de control y erradicación de determinadas enfermedades de las especies bovina, ovina y caprina.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

La Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal, tiene como objeto establecer las medidas jurídicas y administrativas adecuadas para mejorar la sanidad de la ganadería, mediante la prevención y control de las enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias, sean o no transmisibles al hombre, que afecten a la cabaña ganadera de la Comunidad Foral de Navarra.

La citada Ley Foral, en su artículo 33.1, considera programas de control y erradicación de enfermedades de los animales, las acciones sanitarias de carácter especial y obligatorias en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, en cuyo desarrollo se apliquen técnicas específicas de epizootiología veterinaria orientadas al control y, en su caso, erradicación de aquellos procesos patológicos de los animales que presenten una elevada prevalencia en la población animal o humana (tales como la tuberculosis o la brucelosis), o que comprometan o puedan comprometer la viabilidad económica de las explotaciones ganaderas (como ocurre con la leucosis y la perineumonía).

Asimismo, el artículo 33.2 de la mencionada Ley Foral señala que los programas de control y erradicación de enfermedades de los animales se establecerán mediante Orden Foral del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Visto el informe del Servicio de Ganadería, según el cual es conveniente desarrollar las campañas de saneamiento en el ganado de la Comunidad Foral de Navarra, y de conformidad con el artículo 33.2 de la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal,

ORDENO:

Artículo 1 º Se aprueban los programas de control y erradicación de las siguientes enfermedades animales:
  1. Tuberculosis bovina.

  2. Brucelosis bovina.

  3. Leucosis enzoótica bovina.

  4. Perineumonía contagiosa bovina.

  5. Brucelosis ovina y caprina.

Artículo 2 º 1

Los programas de control y erradicación de las enfermedades citadas en el artículo 1 de esta Orden Foral se llevarán a cabo mediante campañas de saneamiento obligatorias en todos los bovinos, ovinos y caprinos reproductores y futuros reproductores:

  1. ...

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