ORDEN FORAL 29E/2014, de 15 de abril, del Consejero de Fomento, por la que se corrige el error advertido en la documentación de la Modificación del PM de Milagro en el Casco Histórico delimitación, promovido por el Ayuntamiento de la localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Orden Foral 120E/2013, de 13 de diciembre, del Consejero de Fomento, se aprobó definitivamente el expediente de Modificación de determinaciones estructurantes del Plan General de Milagro, en el ámbito del Casco Histórico, promovido por el Ayuntamiento.

Con fecha de 27 de febrero de 2014 el Ayuntamiento de Milagro comunica la existencia de un error material detectado en la Normativa. 2. Determinaciones Estructurantes que quedan modificadas, de la modificación referida anteriormente.

El Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo ha emitido, con fecha 17 de marzo de 2014, informe favorable admitiendo la existencia de un error en el apartado referido de la Normativa, por lo que propone que se proceda a su corrección.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, permite a las Administraciones Públicas de oficio o instancia de los interesados rectificar en cualquier momento los errores materiales, aritméticos o de hecho existentes en sus actos. Procede en este sentido la corrección del error advertido en la Normativa. 2. Determinaciones Estructurantes que quedan modificadas 6. c) Coeficientes de zona, de la modificación de determinaciones estructurantes del Plan General de Milagro, en el ámbito del Casco Histórico.

De conformidad con el artículo 55 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la rectificación de errores materiales corresponde al mismo órgano que dictó el acto.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 21/2013, de 20 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Fomento,

ORDENO:

  1. Corregir el error advertido en la Normativa. 2. Determinaciones estructurantes que quedan modificadas. 6. c) Coeficientes de zona, de la modificación de determinaciones estructurantes del Plan General de Milagro, en el ámbito del Casco Histórico, de forma que donde dice:

    6. c) Coeficientes de Zona:

    Debe decir:

    “6. c) Coeficientes de Zona:

    UE-M57 0,6
    UE-M14A y UEM44 0,8
    UE-M14B,UE-M25,UE-M40 y UEM-46 1,0
    UE-M6 y UE-M28 2,0
    UE-M16 y UE-M19 2,5
    2.º Contra la presente...

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