ORDEN FORAL 78/2002, de 26 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Convocatoria de Subvenciones a las Escuelas Municipales de Música para el año 2002, que figuran en el Anexo I.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 78/2002, de 26 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Convocatoria de Subvenciones a las Escuelas Municipales de Música para el año 2002, que figuran en el Anexo I.

Mediante el Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, se establecieron las normas básicas por las que se regirían la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza. Diversas escuelas de música han recibido la oportuna autorización de apertura y funcionamiento y, por tanto, en todas ellas la entidad titular ha asumido el sostenimiento económico de la escuela de música, tal como establece el artículo 20 de dicho Decreto Foral.

No obstante, el Departamento de Educación y Cultura dispone de una partida presupuestaria cuya finalidad es ayudar a la financiación de las Escuelas de Música de titularidad municipal.

El objeto de la presente Orden Foral es aprobar una Convocatoria que establezca las normas con que se concederán las correspondientes subvenciones con sujeción a lo dispuesto en la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, por la que se regula el régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 36, apartado c), de la Ley Foral reguladora del Gobierno y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar las Bases Reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para el año 2002, para la Escuelas Municipales de Música.

  2. Publicar la presente Orden Foral y los Anexos I y II en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  3. Trasladar la presente Orden Foral y los Anexos I y II al Interventor delegado del Departamento de Economía y Hacienda en Educación, a los Servicios de Inspección Técnica y de Servicios, de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías, de Centros y Ayudas al Estudio, y al Negociado de Financiación de Centros Públicos, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintiséis de marzo de dos mil dos.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

ANEXO I

Bases de la Convocatoria de subvenciones de 2002, para las Escuelas Municipales de Música

  1. Objeto de la convocatoria.

    Es objeto de la presente convocatoria regular la concesión de subvenciones a las Escuelas de Música de titularidad de Administraciones locales y entidades vinculadas o dependientes durante el año 2002.

  2. Beneficiarios.

    Pueden solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria las Administraciones locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas que sean titulares de las Escuelas de Música, siempre que estén inscritas en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, y no hayan sido Conservatorios elementales de Música. Para las Escuelas de Música que hayan sido Conservatorios elementales se dictará una convocatoria específica.

  3. Ayudas previstas.

    Las ayudas reguladas en la presente convocatoria se destinarán a la financiación parcial del mantenimiento y funcionamiento de las Escuelas de Música sostenidas por las aportaciones de sus correspondientes titulares y por las del alumnado de las mismas mediante tarifas o precios públicos, durante el curso 2001/2002.

    En consecuencia, las subvenciones que se concedan en aplicación de esta Orden Foral se destinarán íntegramente al mantenimiento y funcionamiento, en las Escuelas de Música, para las enseñanzas no regladas previstas en el artículo 39.5 de la LOGSE que se desarrollen en ellas.

  4. Plazo de solicitud y documentación que se deberá aportar.

    4.1. Los posibles beneficiarios deberán presentar instancia de solicitud dirigida al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio de este Departamento en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en el Registro de la Dirección General de Educación o en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

    4.2. La solicitud deberá presentarla el representante legal, apoderado para ello por Acuerdo del órgano competente de la entidad titular de la Escuela de Música, adjuntando los Estatutos de la entidad cuando...

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