DECRETO FORAL 234/2007, de 5 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen específico del personal del guarderío forestal adscrito al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral
EXPOSICION DE MOTIVOS

El Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, regula el régimen específico del personal del guarderío forestal adscrito al Departamento entonces existente de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, hoy de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. La aprobación de esta norma reglamentaria ha supuesto la unificación de la denominación y funciones del personal de campo adscrito a la Dirección General de Medio Ambiente, previendo, con el fin de propiciar un tránsito ordenado hacia la nueva organización del guardería forestal, un régimen transitorio para la incorporación voluntaria o no al mismo de los funcionarios que ocupan los puestos existentes en la actualidad.

Con el fin de que la nueva organización del guarderío forestal sea efectiva, se hace preciso adoptar las medidas oportunas para que el mayor número posible de los actuales funcionarios se incorporen a las denominaciones y funciones derivadas del Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre. En este sentido, los representantes de la Administración y de la mayoría de la representación sindical de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas de Navarra han llegado a un acuerdo de modificación de dicho Decreto Foral en el que, por un lado, se reconoce y compensa la especificidad del régimen de su jornada laboral, y por otro, se regula un nuevo régimen transitorio de incorporación efectiva al guarderío forestal de los actuales funcionarios.

En consecuencia, y procediendo esta iniciativa del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior y de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, corresponde formular la propuesta de aprobación del presente Decreto Foral al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con el apartado 5 del artículo 12 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior actuando en consonancia con lo establecido en la citada Ley Foral, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día...

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