ORDEN FORAL 1087/2003, de 5 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establece la estructura de la Dirección General de Medio Ambiente a nivel de Negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 1087/2003, de 5 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establece la estructura de la Dirección General de Medio Ambiente a nivel de Negociados.

Mediante Orden Foral 595/1996, de 15 de julio, se estableció la estructura orgánica a nivel de negociados del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda. Posteriormente la referida Orden Foral fue objeto de diversas adaptaciones de carácter parcial. Recientemente se ha aprobado el Decreto Foral 176/2003, de 4 de julio, por el que se modifica la estructura orgánica de la Dirección General de Medio Ambiente. Todo ello recomienda reorganizar la estructura existente en la Dirección General de Medio Ambiente a nivel de negociados, sin que ello suponga aumento de la estructura orgánica ni coste económico suplementario.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

CAPITULO I Artículo 1

Dirección General de Medio Ambiente

Artículo 1 º El Negociado de Asistencia a la Dirección General de Medio Ambiente, adscrito directamente a la Dirección General de Medio Ambiente, ejercerá las siguientes funciones:

_Secretaría del Director General de Medio Ambiente.

_Asistencia técnico-administrativa en las tareas propias de la Dirección General de Medio Ambiente.

_Coordinación, seguimiento y gestión de las relaciones institucionales de la Dirección General de Medio Ambiente con las entidades, organismos e instituciones relacionadas o con intereses en materia ambiental.

_Definición y mantenimiento de sistemas informatizados de seguimiento de la ejecución de los programas y proyectos propios de la Dirección General de Medio Ambiente.

_Todas aquellas funciones que se le encomienden por el Director General de Medio Ambiente.

CAPITULO II Artículos 2 a 5

Servicio de Integración Ambiental

Artículo 2 º El Negociado de Asistencia a la Integración ambiental adscrito directamente al Servicio de Integración Ambiental ejercerá las siguientes funciones:

_Colaboración y apoyo a la Dirección del Servicio.

_Organización del trabajo administrativo de las secciones y negociados.

_Mantenimiento del estado de ejecución presupuestaria.

_Gestión y control del fondo bibliográfico y documental del Servicio.

_Formación de estadística e indicadores de la actividad del Servicio.

_Cualquier otra que le sea encomendada por la Dirección del Servicio.

Artículo 3 º La Sección de Control Integrado de la Contaminación se estructura en los siguientes negociados:
  1. Negociado de Asistencia al Control Ambiental, que ejercerá las siguientes funciones:

    _Mantenimiento de las bases de datos de la calidad de las aguas.

    _Mantenimiento de las bases de datos de la calidad del aire.

    _Mantenimiento de los registros de pequeños productores y transportistas, así como las bases de datos de productores y gestores de residuos.

    _Cualquier otra que le sea encomendada por la Sección.

  2. Negociado de Gestión de Residuos, que ejercerá las siguientes funciones:

    _Control y seguimiento de la gestión de residuos.

    _Seguimiento ambiental del Plan Integrado de Gestión de Residuos

    _Autorización y seguimiento de los Sistemas Integrados de Gestión.

    _Cualquier otra que le sea encomendada por la Sección.

  3. Negociado de Autorizaciones, que ejercerá las siguientes funciones:

    _El informe, control y tramitación de expedientes de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente.

    _El asesoramiento técnico a las Entidades Locales en relación con la normativa sobre actividades clasificadas para la protección del medio ambiente.

    _La propuesta de declaración de impacto ambiental de actividades industriales.

    _La tramitación de expedientes de subvenciones y ayudas en materias relacionadas con las actividades anteriores.

    _Cualquier otra función que le sea encomendada por la Sección.

  4. Negociado de Control, que ejercerá las siguientes funciones:

    _El control de vertidos y emisiones industriales.

    _La gestión de las redes de control de calidad de aguas superficiales.

    _La gestión de la red de vigilancia y control de la contaminación atmosférica.

    _Cualquier otra que le sea encomendada por la Sección.

Artículo 4 º El Negociado de Hidrología y Planificación, adscrito a la Sección de Recursos Hídricos ejercerá las siguientes funciones:

_Mantenimiento y explotación de las bases de datos hidrológicas.

_Estudios de recursos y demandas.

_Manejo de los modelos de gestión del agua aplicados a la planificación y estudio de la regulación hidráulica.

_Cualquier...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR