DECRETO FORAL 12/2014, de 29 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Febrero de 2014
SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

Por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 11/2012, de 22 de junio, publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 121, de 23 de junio de 2012, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento.

Asimismo, por Decreto Foral 34/2012, de 2 de julio, publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 130, de 4 de julio, se determinó la estructura básica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.

Este desarrollo se materializó mediante la aprobación por Decreto Foral 69/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

No obstante, desde su entrada en vigor, la gestión diaria ha puesto de relieve la conveniencia de realizar algunas adaptaciones en la distribución de competencias entre los distintos Departamentos y en la organización de los mismos, para conseguir un eficaz ejercicio de las competencias y funciones que tienen asignadas. Esta reordenación competencial, de menor alcance, se recoge en el Decreto Foral 1/2014, de 22 de enero, de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, que modifica el anterior de junio de 2012.

Por otra parte y aunque se trata de una modificación parcial del Decreto Foral 69/2012, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, como la modificación orgánica afecta a varios de sus Capítulos, por mayor claridad y seguridad jurídica, se promueve la aprobación de un nuevo Decreto Foral de estructura orgánica.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 29 de enero de 2014,

DECRETO:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 7
Artículo 1 Ámbito competencial del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
  1. Corresponde al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a:

    –Apoyo al Gobierno y a la Comisión de Coordinación; Secretariado del Gobierno; Registro General; coordinación jurídica y administrativa interdepartamental; calidad de los servicios; Boletín Oficial de Navarra; asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio de la Comunidad Foral; Derecho Civil Foral y fomento del Derecho Navarro en su conjunto; coordinación y fomento del Gobierno Abierto y de la transparencia; procesos electorales.

    –Seguridad pública: seguridad ciudadana, policía de tráfico y circulación, seguridad vial, protección civil y atención de emergencias, extinción de incendios y salvamento; juego y espectáculos.

    –La modernización de la Administración de Justicia en Navarra; las medidas para la obtención de la tutela judicial efectiva por los ciudadanos; la asistencia a las víctimas de delito; la rehabilitación y reinserción de delincuentes.

    –Sistemas de información y aplicaciones informáticas de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos; infraestructuras y soportes tecnológicos de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos; el desarrollo de la sociedad de la información y el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación.

    –La propuesta y ejecución de la política del Gobierno de Navarra en materia de función pública, incluida la formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como la organización, modernización, evaluación y calidad de las políticas públicas.

  2. El resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.

Artículo 2 Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.
  1. Al Consejero de Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, como titular del Departamento, y en relación con el ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente Decreto Foral, le corresponde el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

  2. En particular, le corresponde el ejercicio de las siguientes atribuciones materiales de competencias:

    –Las de Secretario del Gobierno de Navarra, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, incluida la certificación de las decisiones adoptadas por el Gobierno.

    –Las que le atribuye el Decreto Foral por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

  3. Igualmente corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, como titular del Departamento, la presidencia de los siguientes órganos colegiados:

    –Comisión de Coordinación del Gobierno de Navarra.

    –Comisión de Coordinación de Seguridad y Salud Laboral.

    –Comisión de Protección Civil de Navarra.

    –Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Navarra.

    –Comisión para el Desarrollo y Coordinación de la Seguridad Vial.

    –Consejo de Dirección de la Escuela de Seguridad de Navarra.

    –Comisión Foral de Evaluación.

    –Consejo Asesor de Justicia de Navarra.

    –Consejo Asesor de Derecho Civil Foral de Navarra.

    –Consejo Navarro de Seguridad Ciudadana.

    –Consejo del Juego de Navarra.

    –Comisión de Seguimiento para la implantación de la transparencia y del Gobierno Abierto.

    –Consejo para la Promoción de la Accesibilidad Universal y de la Igualdad de Oportunidades.

  4. Como unidad de apoyo político y técnico del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, existe en el Departamento un Gabinete del Consejero, sujeto a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y dependiente directamente de aquél.

Artículo 3 Organización general del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
  1. El Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos:

    1. Dirección General de Presidencia y Justicia.

    2. Dirección General de Interior.

    3. Dirección General de Informática y Telecomunicaciones.

    4. Dirección General de Función Pública.

    5. Secretaría General Técnica del Departamento.

    6. Tribunal Administrativo de Navarra.

  2. El organismo autónomo Agencia Navarra de Emergencias (ANE) queda adscrito a la Dirección General de Interior, y se regirá por sus Estatutos.

  3. La Escuela de Seguridad de Navarra queda adscrita a la Dirección General de Interior, y se regirá por su propio Reglamento orgánico y de funcionamiento.

  4. El Cuerpo de la Policía Foral de Navarra queda encuadrado en el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, adscrito a la Dirección General de Interior, ejercerá las funciones que le atribuyen la Ley Foral 8/2006, de 20 de junio, de Seguridad Pública de Navarra, así como la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra y se estructura en la forma que establece su normativa específica.

Artículo 4 Atribuciones de las Direcciones Generales.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2.2 del presente Decreto Foral, corresponde a las Direcciones Generales del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, bajo la superior dirección del Consejero y en el ámbito material asignado a cada una de ellas en este Decreto Foral, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 22 y en la disposición final primera de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, así como el de cualquier otra que les atribuyan las disposiciones vigentes, o les encomiende el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Artículo 5 Atribuciones de la Secretaría General Técnica.

Corresponde a la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, con relación al ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente Decreto Foral, y bajo la superior dirección del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, al cual se encuentra adscrita directamente, el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 23 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en el Reglamento por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas, incluidas las de índole presupuestaria previstas en su artículo 8, así como cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes o le encomiende el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, dictando las resoluciones que deban ser adoptadas en su ejercicio.

Artículo 6 Atribuciones de los Servicios.

Corresponde a los Servicios, bajo la dirección de los órganos superiores del Departamento y en el ámbito material y funcional asignado a cada uno de ellos en este Decreto Foral, el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las secciones o unidades orgánicas de ellos dependientes, la promoción e impulso de la aplicación de los principios de agilidad...

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