ORDEN FORAL 117/2007, de 5 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establece un régimen de ayudas a Entidades Locales de Navarra para la mejora de ríos y obras hidráulicas para el año 2007.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 117/2007, de 5 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se establece un régimen de ayudas a Entidades Locales de Navarra para la mejora de ríos y obras hidráulicas para el año 2007.

El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda en los últimos años lleva a cabo una labor de restauración de ríos, riberas y barrancos en una fase posterior a la limpieza y dragado de los diferentes cauces donde se ha intervenido previamente para mantener la capacidad de desalojo hidráulico de los mismos.

Por otra parte el Plan General de Ordenación Piscícola de Salmónidos de Navarra, dentro de sus objetivos, tiene el de recuperación de aquellos hábitats que en la actualidad no mantienen las características idóneas para su desarrollo.

Vista la propuesta del Servicio de Integración Ambiental y el conforme de la Intervención Delegada de Economía y Hacienda, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 2.2 del Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar las bases de la convocatoria de subvenciones para mejora de ríos y obras hidráulicas a Entidades Locales que figuran como anexo a esta Orden Foral.

  2. Autorizar un gasto de 800.000 euros con cargo a la partida 330001-31100-7609-452300 denominada "Mejora de ríos y obras hidráulicas" del Presupuesto de Gastos del año 2007.

  3. Disponer la publicación de esta convocatoria y sus bases en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

  4. Contra la presente Orden Foral y sus bases, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio se podrá efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  5. Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Integración Ambiental, a la Sección de Control Económico Administrativo, al Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, a los efectos oportunos.

Pamplona, 5 de marzo de 2007._El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

BASES

Bases del régimen de ayudas a Entidades Locales de Navarra para las obras de mejora de ríos y obras hidráulicas en los ríos de Navarra para el año 2007

Base 1._Objeto.

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas para las obras hidráulicas de encauzamiento y defensas en ríos y barrancos de Navarra para el año 2007.

Base 2._Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios las Entidades Locales de Navarra dentro de cuyos términos discurran ríos y barrancos.

Base 3._Actuaciones no subvencionables.

  1. No serán subvencionables aquellas...

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