ORDEN FORAL 438/2005, de 2 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Estella, en la UE-6.2, antiguo Cuartel Militar de la Victoria, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 438/2005, de 2 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Estella, en la UE-6.2, antiguo Cuartel Militar de la Victoria, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Estella ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación señalada en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

  1. Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Estella, en la UE-6.2, antiguo Cuartel Militar de la Victoria, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad, vinculando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a la aportación por el Ayuntamiento de un Texto Refundido que incluye la siguiente determinación:

    _El Estudio de Detalle de la Unidad que se redacte como planeamiento de desarrollo, que establecerá la ordenación pormenorizada de las nuevas edificaciones, deberá contar con resolución de autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural. Así se hará constar en la normativa del proyecto de Modificación presentado.

  2. Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. Y contra el expediente se podrá interponer recurso...

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